Niveles sonoros( ruido)
El ruido se puede definir como un sonido no deseado. Si se tiene en cuenta la influencia del buen funcionamiento del oído humano para ejecutar las órdenes recibidas y efectuar el trabajo de forma correcta, sin el posible riesgo de accidente, así como en las relaciones sociales, ya sean de tipo cultural, informativas, de entretenimiento, diversión, etcétera y su influencia, en el caso de la disminución de la audición o sordera en las funciones psíquicas, comprenderemos que en nuestros días el ruido constituye uno de los problemas más acuciantes del mundo desarrollado( Díaz, 2007).
Basados en la Norma Oficial Mexicana NOM-011-STPS-2001, condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido, en el apéndice A, establece los límites máximos permisibles de exposición de los trabajadores a ruido estable, inestable o impulsivo durante el ejercicio de sus labores, en una jornada laboral de ocho horas, en el cual se argumenta que los niveles máximos de ruido que deben incidir en el área de trabajo, como se muestra en la Tabla 2.
Niveles de temperatura( ambiente térmico)
El aumento de la temperatura del ambiente también provoca el aumento de la temperatura corporal de las personas( Cavassa, 2009). Basados en la Norma Oficial Mexicana NOM-015-STPS-2001, Condiciones térmicas elevadas o abatidas- condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, en el apéndice A, establece los niveles y tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas, que por sus características, tipo de actividades, nivel, tiempo y frecuencia de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores, como se muestra en la Tabla 3.
Tabla 3. Límites máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas elevadas. nom-015-stps-2001.
Tabla 2. Límites máximos permisibles de exposición de ruido NOM-011-STPS-2001.
Para corroborar que los niveles del ruido fueran los adecuados a lo que establece la norma NOM-011-STPS-2001, se procedió a medirlo mediante el uso del dispositivo Sonómetro, con el que se realiza las medidas de la intencidad sonora máxima, y se debe hacer cuando los trabajadores realicen sus labores de pie, la altura del micrófono debe ser de 1.45 ± 0.10 m, en relación al plano de sustentación de los trabajadores, como se muestra en la Figura 2, por lo que se procura, a la hora de tomar las medidas, no interferir con el cuerpo la línea imaginaria que une las fuentes sonoras con el micrófono captador del sonómetro.
Para corroborar que los niveles de temperatura fueran los adecuados, se evaluó el confort térmico, de acuerdo con las condiciones como fija la Nom-015-STPS-2001, se procedió a medirlo a través del dispositivo Science Cube mediante el Sensor de temperatura, y se debe hacer cuando los trabajadores realicen sus labores de pie, en relación al plano de sustentación de los trabajadores como se muestra en la Figura 3, por lo que se procura a la hora de tomar las medidas, no interferir con el cuerpo.
Figura 3. Medición de la temperatura con el Science Cube.
Figura 2. Medición del ruido con el Sonómetro.
Revista Científica 55