ACLARA SAT : ¿ CUÁNDO PAGAN IM- PUESTOS LAS IGLESIAS ?
En el país hay poco más de 8,581 asociaciones religiosas registradas en el padrón del SAT y tienen obligaciones fiscales que deben cumplir .
El Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) obliga a las iglesias cumplir con la entrega de su contabilidad y registrar en medios electrónicos sus ingresos o de manera opcional en la aplicación Mis Cuentas del SAT .
Asimismo , la dependencia establece facilidades a las asociaciones religiosas como deducir gastos que no excedan los 5 mil pesos , aunque no cuenten con la factura respectiva .
Según cifras de la Secretaría de Gobernación ( Segob ) en el país hay poco más de 8,581 asociaciones religiosas registradas en el padrón de la dependencia .
Obligaciones fiscales de las asociaciones religiosas
1 . -Expedir facturas por las operaciones que realicen o comprobantes simplificados en el caso de operaciones mayores a 100 pesos , excepto en ingresos por celebraciones de culto , depositados en canastillas , alcancías , alfolíes , entre otros . 2 . - Enterar mensualmente el impuesto retenido a los trabajadores , personas físicas que les presten servicios profesionales o les renten bienes inmuebles , así como expedir comprobantes por las retenciones efectuadas . 3 . -En caso de realizar operaciones gravadas por efectos del Impuesto sobre Valor Agregado ( IVA ), deben pagar el impuesto y presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros . 4 . - Hacer el cálculo anual del Impuesto Sobre la Renta ( ISR ) de sus trabajadores . 5 . - Presentar de forma anual , a más tardar el 15 de febrero la Declaración Informativa de Ingresos y Gastos .
En estos casos no pagan impuestos
De acuerdo con el órgano recaudador , las Asociaciones Religiosas no pagan ISR por los ingresos obtenidos por sus celebraciones de culto y la venta de artículos religiosos .
Tampoco pagan este gravamen por la manutención de ministros de culto , y está exento hasta por 5 UMAS elevadas al periodo de pago , siempre que se establezca en los estatutos de la asociación .
En el caso del IVA , no pagan impuestos por los ingresos propios de la actividad religiosa prestados a tus miembros o feligreses , así como por la venta de libros u objetos de carácter religioso que realices sin fines de lucro .
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