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www.buenosaires.gob.ar Es el Superior jerárquico inmediato de los Jefes y Ayudantes de Trabajos Prácticos y encargado responsable de los laboratorios y gabinetes del establecimiento y de todos las materiales, modelos, aparatos, instrumentos etc. con que estén dotados, como también de la eficacia de su funcionamiento en las clases prácticas. Son sus deberes: 1. Organizar, antes de iniciarse el período escolar, de acuerdo con el Vicedirector, el horario de clases prácticas de laboratorios. 2. Ordenar la tarea del personal estable de los laboratorios o del transitorio que acompañe al profesor en sus clases experimentales, y disponer todo lo necesario para lograr el eficaz desarrollo de las mismas. 3. Velar por el orden y la disciplina en los laboratorios mientras se desarrollan las actividades, informando al Vicerrector/a, Vicedirector/a, las novedades producidas al respecto. 4. Conservar y hacer conservar en perfecto estado de uso, seguridad y eficiencia todos los elementos a su cargo: muebles, útiles, máquinas, herramientas, instrumentos, etc. 5. Solicitar al Jefe General de Enseñanza Práctica con antelación, la provisión o reposición de materiales y útiles para el normal desarrollo de las actividades de laboratorios a su cargo, y al Encargado de Depósito los que sean necesarios para las experiencias que se realicen en los laboratorios y gabinetes. 6. Controlar la actualización del inventario de todos los elementos que constituyen el o los laboratorios y gabinetes a su cargo. 7. Observar que el personal a sus órdenes cumpla con los deberes que su función exige, debiendo informar por escrito al Vicerrector/a, Vicedirector/a, cualquier deficiencia, ya sea en orden de conducta, competencia, eficiencia o dedicación al trabajo. 8. Cuando se produzca la rotura de un aparato, instrumento, mueble o útil de gabinete o laboratorio o inutilización de reactivos, muestras, etc., procederá a practicar la correspondiente investigación. En caso de rotura como consecuencia del trabajo normal gestionará la baja del elemento en la forma reglamentaria. 9. Formular en oportunidad de elevarse a la Superioridad el pedido de elementos indispensables, el de las máquinas, instrumentos o elementos que resulten imprescindibles para el próximo curso escolar y los materiales e insumos, que se necesitarán, detallando cantidad, calidad, medidas y costos aproximados. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires  223