www.buenosaires.gob.ar
12.
Asignar turnos y horarios del personal docente de ejecución.
13.
Realizar reuniones periódicas de ciclo dentro del horario escolar y
convocar mensualmente reuniones de personal docente para
intercambiar opiniones sobre la marcha del establecimiento, la lectura y
comentario de orientaciones y normas impartidas por la Superioridad y
dar a conocer sus propias directivas e instrucciones, debiéndose labrar
el acta respectiva.
14.
Propiciar reuniones de actualización docente o conferencias
pedagógicas en las que se desarrollarán temas de tal carácter, a cargo
del propio director, del vicedirector o de un docente de la escuela o
personas debidamente autorizadas y de reconocida idoneidad en la
materia. Si la reunión se realizara fuera del horario escolar, será
optativo para aquellos docentes que deseen concurrir.
15.
Calificar anualmente, junto con los demás integrantes del equipo
directivo al personal docente a su cargo elevando la calificación a la
Superioridad.
16.
Asistir diariamente con veinte minutos de antelación a la iniciación
de las actividades y permanecer en el establecimiento hasta que
finalice el horario estipulado, o hasta que se retire el último alumno del
establecimiento.
17.
Recibir a los responsables de los/las alumnos/alumnas que
concurran al establecimiento.
18.
No dejar salir a los/las alumnos/alumnas antes de finalizar el
horario habitual de clases, salvo autorización escrita suscripta por su/s
responsable/responsables y acompañados de un adulto responsable y
autorizado.
19.
Efectuar durante el ciclo lectivo reuniones con los/las
responsables/responsables de los/las alumnos/alumnas según los
turnos o las facilidades de que dispongan. Estas reuniones se
realizarán:
19.1. A comienzos del ciclo lectivo, debiéndose explicar el plan de
actividades elaborado para el período, las normas de presentación
del/la alumno/alumna. Responderá a observaciones y preguntas,
tomará nota de sugerencias y exigirá el respeto del horario de entrada
y salida del establecimiento.
19.2. Citará a los/las responsables de los/las alumnos/alumnas para la
entrega del Boletín al término de cada período de calificación y en toda
otra circunstancia que así lo requiera.
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
110