a planteras además de los que correspondan a los arboles existentes.
La ubicacion de estas planteras a solicitud de los propietarios serán inclicadas por la Dirección, la que Ilegado
el caso podra eximirlos de su ejecución. Estos cuadros serán de 0,80 m x 0,80 m y sus bordes serán protegidos
con un cordón de 0,07 m de espesor de ladrillos comunes colocados de punta y revocados con mezcla del color
de la acera El cordón no rebasara el nivel del solado.
4.3.3.4 Acera frente a entrada de vehículos
El solado que sirve de entrada de vehículos cubrirá totalmente el área comprendida por el ancho de la acera y
la amplitud de esa entrada. Ese solado se ejecutara con materiales iguales al resto de la acera cuando sirva a
vehiculos livianos. Para vehiculos de carga se hará con granitullo, hormigón o bien materiales asfalticos; en el
primer caso las juntas se tomarán con asfalto. Queda prohibida la utilización de mezclas de cemento como
solado.
El solado para vehiculos de carga se asentará sobre una base de hormigón de 0,10 m de espesor mínimo,
despues de apisonado, cuyas proporciones se establecen en los Reglamentos o Normas que dicte el
Departamento Ejecutivo.
El cordón del pavimento de la calzada tendrá en el ancho requerido, coincidente con la entrada una elevación
de 0,05 m sobre el pavimento de la calle. La rampa de acceso será convexa, no tendra mas desarrollo que 1,60
m hacia el interior del cordon y se identificará con el resto de la acera mediante rampas laterales.
Cuando un árbol de la acera afecte, a juicio de la Dirección, una entrada de vehiculos, se procedera al retiro
del árbol.
Cuando por obra nueva definitiva no se requiera una entrada existente para vehículos, el Propietario debe
reconstruir el solado. Por Administracion y a cargo de este se recolocara el cordon de pavimento al nivel oficial.
4.3.3.5 Celeridad en la ejecución de aceras
La construcción o reparacion de aceras debe efectuarse lo más rapido posible y de manera de no entorpecer
el tránsito de los peatones mas de lo indispensable.
En aceras de ancho igual o mayor que 2,00 m. la ejecución del solado se hara por mitades, en dos etapas,
para facilitar el transito de peatones. Los materiales resultantes de la construcción o reparación de las aceras
deberán quitarse en el dia, dejando la calzada limpia, permitiendose tan solo preparar las mezclas en la calle en
sitios inmediatos al cordón cuando razones de tránsito no lo impidan.
La protección provisional de la acera en construcción no podrá ser con alambres tendidos.
4.3.3.6 Ancho de la acera
a) En calles pavimentadas:
El ancho de la acera es el comprendido entre la L.M. o eventualmente la linea de edificacion y la calzada
incluyendo en esta medida el cordón del pavimento de la calle.
El ancho del solado no incluye el del cordón de calzada
b) En calles no pavimentadas:
El ancho del solado será no menor que 1,00 m contra la C.M. o eventualmente la linea de edificacion.
4.3.3.7 Aceras deterioradas
a) Causas del deterioro y plazos de reparacion:
(1) En una acera destruida parcial o totalmente a consecuencia de trabajos realizados por la Municipalidad,
empresas de servicios Publicos o autorizados será efectuado el cierre provisorio inmediatamente de
concretados los trabajos que provocaron su apertura y completando el solado definitivo en un plazo no mayor
de tres (3) días corridos de realizado dicho cierre provisorio.
(2) Si la acera fuera destruida por raices de arboles, la Municipalidad efectuará la reparacion del solado
afectado. El propietario del predio frentista podra comunicar la destrucción de ese solado.
(3) Una acera deteriorada por causas no comprendidas en el ítem (1) o en el Item (2) debera ser reparada por
el propietario frentista, en un lapso no mayor de diez (10) dias corridos a partir de la fecha de intimacion.
b) Material a utilizar para reparar el deterioro:
(1) Cuando el solado de la acera se encuentre o sea deteriorado en una superficie mayor que el 50% de la
correspondiente a un predio, debe ser reconstruido integramente con cualquiera de los materiales establecidos
en "Material de las aceras"(Ver parag. 4.3.3.2).
(2) Cuando el solado de la acera se encuentre o sea deteriorado en una superficie menor que el 50% del total
correspondiente a un predio, podra repararse con materiales del mismo tipo de los que componen o con solado
36