a) Generalidades:
(1) Los conductores fijos deben contar con una defensa contra deterioros mecánicos por lo menos hasta 2,40
m medidos desde el solado.
Se consideran defendidos los conductores:
- con coraza metálica;
- colocados dentro de caños de acero o de plástico; y,
- cables bajo plomo con aislamiento de una o varias capas de goma vulcanizada;
(2) Cuando los conductores conduzcan corriente alterna, y pertenezcan a un mismo circuito, estarán
comprendidos bajo la misma envoltura ya se trate de conductores con defensas o colocados en cañerías;
(3) Los conductores desnudos sólo se permite emplearlos en tableros y en la iluminación de fachadas (según
se establece en la disposición respectiva) siempre que queden fuera del alcance normal de las personas.
También se permite el empleo de conductores desnudos en locales especiales y peligrosos, con las
restricciones del caso. Los conductores cubiertos, sin aislación propiamente dicha, están equiparados
eléctricamente a los conductores desnudos;
(4) Los conductores aislados que se mencionan en el Item (1) del Inciso a) de "Conductores en instalaciones
eléctricas" (Ver parag. 8.10.1.6) se colocarán sobre aisladores o dentro de cañerías;
(5) No se permite colocar conductores en canaletas de madera ni directam [