b) Paramentos- Cielorraso:
Los paramentos estarán construidos en mampostería y revestidos con material impermeable y alisado.
El cielorraso también tendrá revestimiento impermeable alisado. Todos los ángulos serán redondeados;
c) Superficie:
La superficie mínima no será inferior a 20,00 m2 y el lado mínimo no menor que 4,00 m:
d) Boca de agua:
Deberá contar con un servicio de agua para su higienización, mediante boca y canilla;
e) Ventilación:
Cuando la Dirección, a su juicio, lo estime conveniente, podrá requerir que la ventilación reglamentaria sea
aumentada;
f) Vanos:
Las puertas que dan al anterior tendrán las características exigidas por la Ley 11.843 y sus disposiciones
complementarias, y además el cierre se producirá automáticamente.
7.3.7.0 ESTABLECIMIENTOS PARA RECEPCION Y/O LAVADO Y/O LIMPIEZA Y/O PLANCHADO DE ROPA
7.3.7.1 Características constructivas particulares de los establecimientos destinados a la recepción y/o lavado
y/o limpieza y/o planchada de ropa
Un establecimiento destinado al lavado y/o limpieza y/o planchado de ropa, cumplirá con lo dispuesto en
“Características constructivas particulares de los establecimientos industriales, talleres y/o depósitos
industriales” (Ver parag. 7.3.3.1) y además con lo siguiente:
a) Superficie:
La superficie mínima no será inferior a 20,00 m2 y el lado mínimo no menor que 4,00 m;
b) Ventilación:
Cuando la Dirección, a su juicio, lo estime conveniente, podrá requerir que la ventilación reglamentaria sea
aumentada;
C) Chimeneas:
Las chimeneas que se instalen se ajustarán a lo dispuesto en “Chimeneas o conductos para evacuar humos o
gases de combustión, fluidos calientes, tóxicos, corrosivos o molestos" (Ver parag. 5.11.7.0)
7.3.7.2 Depósito para ropa sucia
Un establecimiento destinado al lavado y/o limpieza y/o planchado de ropa contará con un local destinado
exclusivamente a depósito de ropa sucia, el que se ajustará a lo siguiente:
a) Solado- Paramentos- Cielorraso:
El solado será impermeable, con desagüe a la red cloacal. Los paramentos estarán construidos en
mampostería y revestidos con material impermeable alisado.
El cielorraso también tendrá revestimiento impermeable alisado.
Todos los ángulos serán redondeados.
b) Iluminación y ventilación:
La iluminación se ajustará a lo que determina este Código para los locales de cuarta clase al igual que su
altura.
La ventilación será cenital o por conducto con remate en la azotea, sin perjuicio de que cuando la Dirección lo
estime conveniente pueda requerirse que la ventilación reglamentaria sea aumentada.
Cuando el establecimiento se dedique exclusivamente a la recepción de ropa para su posterior lavado y/o
limpieza y/o planchado en otro lugar, deberá contar además del "depósito de ropa sucia con un local
independiente destinado solamente a la guarda de ropa limpia y en el que podrá realizarse la atención del
público. Este local se ajustará a lo determinado en este Código para los locales de tercera clase.
7.3.8.0 ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES PARA LA FABRICACION DE ELEMENTOS UTILIZADOS EN
SERVICIOS FUNERARIOS
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