TERMINOLOGIAS PROYECTO MANUAL DIGITAL | Page 43

AUTORIDAD LABORAL.- Es aquella que se encarga de resolver los conflictos que se suscitan entre los patronos y trabajadores. ACCIDENTE DE TRABAJO.- Se considera toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste. // También se considera accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio de éste a aquél. Los accidentes de trabajo constituyen la primera especie de los riesgos de trabajo y es con ellos con los que se inició la legislación. ADIESTRAMIENTO.- Norma establecida en la Ley Federal del Trabajo que obliga a toda entidad o empresa a proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, para elevar la producción y productividad y contribuir al logro de objetivos institucionales o empresariales, para lo cual es necesario que todo el personal participe activamente. La capacitación y adiestramiento tiene los siguientes objetivos. Entrenamiento es la repetición mecánica de un acto bueno o malo. Adiestramiento es el correcto aprendizaje de tus habilidades. // Entrenamiento es la repetición mecánica de un acto bueno o malo. // Adiestramiento es, la acción que se efectúa para adquirir una determinada destreza, habilidad o capacidad o para el desarrollo de la misma. Yo adiestro mi lenguaje día a día, ya que lo utilizo a diario, aunque no me de cuenta de ello, lo hago inconscientemente. Entrenar es, seguir un plan rutinario durante un determinado tiempo para desarrollar habilidades básicas, las cuales servirán de cimientos para lograr el adiestramiento // Entrenamiento es un concepto general que incluye a la capacitación, al adiestramiento y al desarrollo. El adiestramiento es particular y es el desarrollo de destrezas meramente físicas ASEGURADO.- Persona a quien beneficia o favorece, contrato de seguro especialmente de los llamados de vida. AUTORIDADES LABORALES.- Es aquella que se encarga de resolver los conflictos que se suscitan entre los patronos y trabajadores. BENEFICIARIO.- Es la persona en cuyo favor se ha constituido un seguro, contrato, herencia, pensión etc. Es la persona que goza de un territorio, predio u usufructo que recibió. Relativo a quien se le da una ventaja. CAPACITAR.- Hacer a uno apto, habilitarlo para alguna cosa. COMPENSACION.- La Compensación es la contribución de una deuda y de un crédito entre si" (debiti et crediti inter se contributio); por su parte Pampolio en la misma línea nos dice que " Más ventajoso resulta al acreedor y deudor no pagar que volver a pedir lo ya pagado. CONDICIONES DE TRABAJO.- Como las normas que fijan los requisitos para la defensa de la salud y la vida de los trabajadores en los establecimientos y lugares de trabajo y las que determinan las prestaciones que deben percibir los hombres por su trabajo. CONFLICTO COLECTIVO DE TRABAJO.- Cuando se plantea una situación conflictiva entre el empresario y una pluralidad de trabajadores siempre y cuando afecte intereses generales de estos. CONTRATACION.- Acto por el cual una persona se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. CONTRATO.- La concepción de contrato que debe entenderse actualmente vigente,