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DERECHO DE PETICIÖN

Al igual que la tutela, el derecho de petición tiene:

Encabezamiento, es decir a quien se dirige.

Referencia: Derecho de petición y el artículo 23 que lo consagra.

Se coloca como una introducción donde se identifica el accionante y se

indica el artículo consagrado en la Constitución sobre el Derecho de petición.

Hechos: se relatan los hechos uno a uno.

Petición: lo que se pide.

Normas; si se quiere y se conocen.

Notificación, dirección, teléfono y correo del peticionario.

Firma dl peticionario.