DERECHO DE PETICIÖN
Al igual que la tutela, el derecho de petición tiene:
Encabezamiento, es decir a quien se dirige.
Referencia: Derecho de petición y el artículo 23 que lo consagra.
Se coloca como una introducción donde se identifica el accionante y se
indica el artículo consagrado en la Constitución sobre el Derecho de petición.
Hechos: se relatan los hechos uno a uno.
Petición: lo que se pide.
Normas; si se quiere y se conocen.
Notificación, dirección, teléfono y correo del peticionario.
Firma dl peticionario.