Habiendo examinado los elementos previos del Estado, es decir, el elemento humano y el territorio, de los cuales uno de ellos, la sociedad humana, es, además de elemento previo, elemento constitutivo y el otro, el territorio, es elemento previo pero sólo en el sentido de condición para la existencia de la comunidad política, según hemos expuesto, vamos a empezar el análisis de otros elementos constitutivos del mismo, elementos que forman parte de la esencia del Estado, al igual que la sociedad humana.
La sociedad humana que se encuentra en la base del Estado, se caracteriza y distingue de otras agrupaciones humanas distintas de la sociedad política, por la presencia en la misma de los otros elementos constitutivos. Uno de ellos es el fin especifico que persigue en virtud de su actividad. Este fin es el bien público de los hombres que forman su población.
Descubrimos en esta forma la existencia de otro de los elementos constitutivos del Estado: la autoridad o poder, que aun cuando reside y deriva de toda la sociedad estatal, su ejercicio compete a un grupo específico de hombres que lo ejercen.
Así establecemos que esos elementos específicos del Estado, que lo distinguen de otras agrupaciones humanas, son el fin propio del Estado la autoridad o poder que lo caracteriza y el orden jurídico.
Esos elementos, de una manera formal, existen en toda sociedad; pero en su aspecto intrínseco revisten caracteres especiales que los distinguen y que en esta forma diferencian al Estado de las otras agrupaciones humanas.
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