Spanish - Mental health and gender-based violence | Page 157

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PARTE III : ELEMENTOS TEÓRICOS
• Es posible que necesite ser remitida a especialistas para recibir tratamiento .
• Es posible que ella desee denunciar el abuso ante las autoridades ( o ante otra institución competente ).
• Es posible que ella desee documentar sus lesiones con el fin de denunciar lo que le sucedió .
• Es posible que ella desee recibir asistencia psicosocial y atención médica , pero no querer informar de lo ocurrido .
Todos los puntos anteriores representan diferentes alternativas . El primer y principal deber de una ayudante psicosocial , en estos casos , es cuidar de las necesidades y deseos inmediatos de la sobreviviente , y ver que se le proporcionen evaluaciones y tratamientos oportunamente .
La denuncia y la presentación de evidencias
Presentar evidencias , denuncias , y acusaciones de tortura o malos tratos , y otras violaciones graves de los derechos humanos , son elementos clave en la lucha para prevenir y sancionar las violaciones a los mismos . Estas acciones son derechos importantes . Si falta esto , las instituciones gubernamentales y judiciales no pueden acusar o condenar a los perpetradores por sus crímenes .
Cabe señalar que denunciar o presentar reclamos ante las autoridades u otros organismos , o presentar documentos de evidencia de los malos tratos , son algo aparte de la prestación de asistencia y atención , y deben abordarse por separado .
Una ayudante debe ser muy cuidadosa cuando menciona la cuestión de la denuncia . Si una mujer traumatizada hace uso de esta opción , la ayudante debe poder referirla a una persona ajena que tenga la autoridad y competencias pertinentes para prestar apoyo en esa área . La ayudante , en particular , debe separarse claramente de este trabajo . En el entrenamiento hemos observado que las ayudantes de la Mujer Mariposa se separaron de las cuestiones legales .
Sin embargo , puede ser apropiado que la ayudante proporcione formas específicas de asistencia a una sobreviviente , que elija denunciar su caso ante un órgano judicial o de investigación pertinente ( véase abajo ).
Dos formas
Después de graves abusos contra los derechos humanos , se pueden adoptar dos tipos de abordajes . Uno de los abordajes separa rigurosamente los procedimientos de investigación , de los procedimientos de atención . El otro , separa los procedimientos de investigación de la prestación de atención , pero reconoce que ciertos tipos de información médica deben estar disponibles en los procesos judiciales y de investigación , siempre y cuando la sobreviviente otorgue su consentimiento para que dicha información sea liberada y esté debidamente documentada . Los dos abordajes son similares , pero no deben confundirse , y han ser considerados de manera separada .
El primer abordaje : una política de separación estricta .
• Las sobrevivientes tienen derecho a recibir ayuda y apoyo .
• La ayuda y el apoyo que reciben las sobrevivientes es formal y completamente distinto de la denuncia .
• El derecho a recibir apoyo y tratamiento médico y psicológico es , de igual forma , distinto de la denuncia , con la cual no está vinculada de ninguna manera .
• La ayuda y la asistencia nunca deben depender o estar conectadas de ninguna manera con la denuncia , o la persecución de delitos .
• Las sobrevivientes tienen derecho a guardar silencio . Están plenamente facultadas para decidir si deben o no denunciar , o hablar del suceso , o presentar cargos contra quienes abusaron de ellas , o tomar cualquier otra medida con respecto a ese abuso , o a sus abusadores .
El segundo abordaje : una política de separación que permite la liberación de cierta información en condiciones específicas .
• Una mujer que expresa el deseo de denunciar los abusos contra ella o sus seres queridos , tiene derecho a recibir orientación sobre dónde ir y con quién hablar .
• En particular , ella tiene derecho a recibir información acerca de las autoridades e instituciones competentes , que reciben o procesan denuncias de abuso .