INICIATIVA DE REGLAMENTACIÓN
que utilizan cuentas en el extranjero y no cumplen
con el fisco. La FATCA requiere que las instituciones financieras extranjeras (FFI en inglés)
informen al IRS acerca de las cuentas financieras
en poder de los contribuyentes estadounidenses,
o de entidades extranjeras en las que los contribuyentes estadounidenses tienen una participación sustancial. Enlaces a varios documentos
relacionados con la FATCA y su aplicación se
pueden encontrar en la página web del Tesoro
de los Estados Unidos.4 Grinberg afirmó que el
régimen de la FATCA exige un informe anual de
activos, así como informes de ingresos, incluidos
los activos en poder de entidades pantalla. Este
informe intenta disuadir e identificar patrones que
sugieren el uso de cuentas en el extranjero para
evadir el impuesto nacional sobre la renta obtenida por las empresas con pocos accionistas.
Robert W. Wood comentó la FATCA en su habitual
Forbes Column a principios de 2012.5 Señaló que
los bancos extranjeros están obligados a reportar
los titulares de cuentas americanos al IRS.
Después de identificarlos, las instituciones deben
imponer un impuesto de 30 por ciento sobre los
pagos o transferencias a los titulares de cuentas
que se niegan a identificarse. Las instituciones
financieras extranjeras (FFI) deben presentar
informes al IRS para el 30 de septiembre de 2014.
Al principio, las FFI deben informar sólo:
• Nombre, dirección y número de identificación de contribuyente americano titular de
la cuenta. Para las entidades extranjeras de
propiedad estadounidense, se requiere el
nombre, la dirección y Número de Identificación Fiscal (TIN en inglés) de EE.UU. de cada
propietario estadounidense sustancial.
• Balance de la cuenta al 31 de diciembre de
2013.
• Número de cuenta.
Retener, según Wood, no es necesario si el beneficiario o usufructuario proporciona al agente de
retención con una certificación de que la entidad
extranjera no tiene un dueño sustancial estadounidense, o le proporciona al agente de retención
el nombre, dirección y TIN de cada propietario
sustancial estadounidense. Wood destacó una
serie de excepciones que se aplican en virtud de
la FATCA. Por ejemplo, la retención no se aplica
a ningún pago beneficiario efectivo sea una
sociedad anónima abierta o miembro de un grupo
afiliado ampliado de una empresa que cotiza en
bolsa. Agregó que no hay ninguna retención sobre
los pagos al IRS que presentan un bajo riesgo
de evasión de impuestos de los Estados Unidos.
Además, la Sección 6038D de FATCA exige que
los contribuyentes estadounidenses reporten
cuentas y activos en el extranjero, con un valor
total superior a $50.000. La información exigida
incluye:
• Cualquier cuenta financiera de un FFI;
• Cualquier acción o valor emitido por una
persona no estadounidense;
• Cualquier interés financiero o contrato celebrado para la inversión que tiene un emisor o
contraparte no estadounidense; y
• Cualquier participación en una entidad extranjera. Eso significa que los contribuyentes que
adquieran bienes raíces extranjeros a través de
una entidad están cubiertos.
FATCA y ALD
Aunque el IRS les está proveyendo a las instituciones financieras un período de dos años para
que se hagan compatibles con la FATCA, las instituciones también deben tener procesos de marcas
discriminantes de FATCA de conozca a su cliente
para cuando se inscriben, por lo tanto el vínculo
entre los requisitos de ALD de FATCA también se
encuentran en los requisit