Desafíos antilavado
Capítulo 7. Quiebra
–El silencio de los fraudes
Q
uiebra. La palabra trae un suspiro
profundo y revoleo de ojos a los
directamente responsables de
manejar un portfolio de préstamos al consumidor o de tarjetas de crédito en una institución
financiera. Se consideran préstamos al consumidor los no garantizados por una hipoteca,
con preponderancia de los que no garantizados
(personales) o préstamos por automóviles. La
quiebra aparece en formas varias (capítulos) y
pueden afectar todo tipo de préstamo, pero es
el préstamo/tarjeta de crédito no garantizado y
el Capítulo 7 de quiebra los que causan la mayor
parte de las pérdidas. Los bancos comunitarios
más chicos y las cooperativas de crédito sufren
especialmente con la quiebra debido a su parte
limitada del mercado y poca capacidad de
generar ingresos.
Cuando se trata de quiebras, los Capítulos 7 y 13
son los predominantes. El Capítulo 7 es conocido frecuentemente como el plan de reestructuración. El deudor alega ingresos y patrimonio
insuficientes para cubrir la deuda, más allá de
los gastos normales de comida, cobijo, ropa y
transporte. El objetivo final de un Capítulo 7 es
lograr una baja, lo que consiste en una eximición
de la deuda. El Capítulo 13 es un plan de pagos
normalmente presentado por el deudor para
pagar los préstamos vencidos con una moratoria sobre una deuda asegurada, generalmente
la(s) hipoteca(s) y el(los) préstamo(s) por un
auto. Una deuda no garantizada también podría
incluirse en una presentación de un Capítulo 13,
pero el porcentaje que se debe devolver no suele
pasar de ser más que darle un hueso al perro,
con la mayor parte de la deuda condonada. Por
la mayor parte, el prestamista se encuentra
protegido bajo ambos capítulos sobre su deuda
asegurada hasta el punto de la garantía. Este
artículo, sin embargo, no está diseñado para
dar un tutorial sobre el código de quiebras
sino más bien para explorar cómo una institución financiera puede efectivamente analizar la
presentación de un Capítulo 7 por parte de un
deudor. Esa presentación puede tener errores a
favor del deudor, omisiones, tergiversaciones,
estafas o una combinación de lo anterior,
llevando a que tu deuda en particular sea declarada impagable. El Capítulo 7 también puede
no tomarse en cuenta, eliminarse o convertirse
en un Capítulo 13. La obtención de un préstamo
por medios fraudulentos es no descargable
según el código de quiebras — con castigos
añadidos de derecho penal. Asimismo es
esconder intencionalmente y enmascarar patrimonio, como por ejemplo pasárselo a terceros
antes de hacer una presentación.
Convocatoria de quiebra
El procedimiento de Capítulo 7 empieza con
un deudor que contrata a un abogado que generalmente está especializado en representar
deudores de quiebras, aunque el deudor puede
presentarse por su propia cuenta. Al momento
de la presentación se nombra un fideicomisario
(conocido como fideicomisario provisional
según el código) para administrar el caso. Los
fideicomisarios son abogados quienes o bien
residen o bien practican dentro de la jurisdicción donde se p