#SoyUNEVErsitario Revista #SoyUNEVErsitario Número 26 | Page 26

VIDA DESPUÉS DE LA VIDA . EVELIN HERNÁNDEZ JUÁREZ ¿HAS PENSADO EN LA DONACIÓN DE ÓRGANOS Y TEJIDOS PARA TRANSPLANTE? En México hay miles de personas con enfermedades crónicas que se encuentran inscritos en el Registro Nacional de Trasplantes, en espera de un órgano o tejido. Mismos que solo pueden obtenerse mediante una donación. ¿Qué es donación? La Ley General de Salud (LGS) indica que la donación es el consentimiento de una persona para que, en vida o después de su muerte, cualquier órgano o tejido de su cuerpo sea utilizado para trasplantes. ¿Cómo puedes ser un donador? En la LGS se contempla que todos los mexicanos somos donadores de órganos o tejidos (consentimiento tácito), por lo que si decides dar vida después de la muerte y convertirte en un donador, lo más importante es que tu familia lo sepa, para que en ese momento en que un familiar fallece, que es el más difícil para cualquier persona, tomar esta decisión y autorizar la donación no le resulte tan doloroso. También puedes manifestar tu voluntad firmando tu tarjeta de donador voluntario, o el consentimiento expreso que emite el Centro Nacional de Trasplantes; sin embargo aun teniendo estos documentos tu familia es la que tiene la última palabra para autorizar la donación, por lo que es sumamente importante que ellos estén enterados y respeten tu decisión de ser donador. ¿Qué tipo de donaciones hay? En vida: Las personas entre 18 y 65 años, después de pasar una serie de estudios médicos y psicológicos, pueden donar un riñón, un segmento del hígado, sangre de cordón umbilical y médula ósea, con la finalidad de no poner en riesgo su salud. Además de cumplir con los siguientes requisitos que indica la Ley: Tener compatibilidad con el receptor del trasplante. Recibir información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción del órgano o tejido. Haber otorgado su consentimiento por escrito. Los trasplantes se realizarán de preferencia, entre familiares; en caso contrario deberá otorgar su consentimiento ante Notario Público en un documento en el que manifieste que donará de manera gratuita, altruista, libre y consiente Después de la muerte: Pueden ser donantes los pacientes entre 2 y 80 años que hayan perdido la vida por muerte encefálica, de quienes se obtienen órganos (corazón, pulmones, hígado, páncreas, intestino, riñones) o tejidos (córneas, tejido musculo esquelético, corneas, válvulas cardíacas, hueso y piel); también podrán donar tejidos aquellos pacientes que murieron por un paro cardiaco irreversible; en ambos casos se