SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE ANTIOQUIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESCUELA NORMAL SUPERIOR MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ FRONTINO ANTIOQUIA Nit . 811025326-6
PARAGRAFO UNO : SEGUNDO EVALUADOR . Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas , como acoso sexual , discriminación religiosa , política , familiar , de raza , venganza u otra , un docente repruebe en las evaluaciones a un estudiante , el Consejo Académico podrá recomendar al Rector , la designación de un segundo evaluador de la misma asignatura , del plantel o de otro , para realizar la evaluación y valoración , la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “ OBSERVACIONES ”, ya que en la casilla del área reprobada , se escribirá el registro dado por el docente titular .
ARTICULO DIECISIETE : ACCIONES PARA QUE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS CUMPLAN LOS PROCESOS DEL SIEPE .
ACCIONES DE LOS DOCENTES .
1 . Estudiar y apropiarse de los referentes teóricos relacionados con la evaluación escolar .
2 . Participar en la formulación y elaboración del SIEPE a nivel institucional .
3 . Socializar al resto de la comunidad educativa los aspectos esenciales del SIEPE .
4 . Definir en los Planes de área los criterios de evaluación acordes al SIEPE institucional .
5 . Participar activamente en las comisiones conformados para evaluación y ajustes en el SIEPE .
6 . Aplicar el SIEPE en su trabajo de aula y presentar a los directivos evidencias de ello .
7 . Realizar acciones preventivas de mejoramiento de los desempeños de los estudiantes .
ACCIONES DE LOS COORDINADORES .
1 . |
Acompañar al rector en el estudio de la legislación relacionada con |
la evaluación escolar , con los docentes . |
2 . |
Apoyar el trabajo de formulación y elaboración del SIEPE . |
3 . |
Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente . |
4 . |
Acompañar el direccionamiento las comisiones conformadas en el |
SIEPE . |