E. N. S. MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ—SIEPE
1. AL CONSEJO DIRECTIVO, como la máxima autoridad institucional,
le corresponde, entre otras funciones las siguientes:
Articulación del SIEPE con el PEI.
Aprobación y validación del SIEPE.
Garantizar que los Directivos Docentes y Docentes del
establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos
estipulados en el Sistema Institucional de Evaluación, SIEPE.
Servir de instancia decisoria sobre reclamaciones que presenten
los estudiantes o sus padres de familia en relación con la
evaluación y promoción.
Facultar a otros órganos que atiendan en primera instancia las
reclamaciones y lleguen a su seno solo los casos que una vez
transitado por todos eses mecanismos no encuentren una
solución adecuada.
Definir y divulgar los procedimientos y mecanismos de
reclamaciones de los estudiantes y la Comunidad educativa.
2. AL CONSEJO ACADÉMICO: Como órgano consultivo del Consejo
Directivo y quien vela por el estudio del currículo y el proceso
enseñanza aprendizaje a nivel institucional, le corresponde, entre
otras las siguientes funciones:
Realizar el estudio del SIEPE.
Definir estrategias para solución de problemas.
Establecer controles que garanticen el debido proceso en la
evaluación.
Indicar el procedimiento, los estamentos y los tiempos en los que
se pueden realizar las reclamaciones y en los que se debe
decidir.
Garantizar a toda la comunidad el reconocimiento de los
derechos al debido proceso, a la educación y a la diferencia en
los ritmos de aprendizaje.
3. AL CONSEJO DE PADRES le corresponde:
Participar en la construcción del SIEPE.
Participar conjuntamente con los otros integrantes del SIEPE,
en las Comisiones que se integren y convoquen para el efecto.
Asistir a las reuniones de evaluación que se realicen en la
Institución que convoque el Consejo Académico.
4. AL CONSEJO DE ESTUDIANTES le corresponde:
Participar en la construcción del SIEPE.
Nombrar sus representantes.
Estudio y socialización del SIEPE.
5. AL PERSONERO le corresponde:
Ser quien garantiza los derechos de los estudiantes.
Velar porque se observe el cumplimiento de los derechos de los
estudiantes.
Recibir y dar trámite a los reclamos que se presenten en el
proceso.
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