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PROTECCIÓN DE LAS MANOS - PROTECCIÓN DEL CUERPO INFORMACIONES TÉCNICAS LA COMPATIBILIDAD ALIMENTARIA CÓDIGO INTERNACIONAL PARA EL CUIDADO DE LAS PRENDAS LA COMPATIBILIDAD ALIMENTARIA SE RIGE POR: TEXTILES La reglamentación (CE) N° 1935/2004 del parlamento europeo y del consejo del 27 de octubre de 2004 que concierne a los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con los productos alimenticios. Los materiales y objetos deben ser elaborados en conformidad con las buenas prácticas de fabricación, a fin de que en las condiciones normales o previsibles de su uso, no traspasen a los productos alimenticios los componentes en una cantidad susceptible: • de constituir un peligro para la salud humana. • de conllevar una modificación inaceptable de la composición de los productos alimenticios o bien una alteración de las características organolépticas de aquellos. El contacto de los alimentos de los materiales plásticos está normalizado por el reglamento (UE) n° 10/2011 y los reglamentos relacionados. Los materiales en PVC/Vinilo o Látex/Nitrilo (a falta de legislaciones locales) están directamente sometidos a este reglamento. Se establece: • las listas de componentes autorizados. • los criterios de pureza aplicables a algunos de estos componentes. • los límites de migración específicos en los alimentos para algunos componentes. • las cantidades máximas residuales de algunos componentes en el material. • un límite de migración global en los alimentos • Un límite de contenido de metales en los materiales y objetos plasticos. El anexo III de la reglamentación (UE) 10/2011 presenta la lista de pruebas a utilizar para comprobar la migración de los componentes de los materiales y objetos en material plástico destinados a tomar contacto con los productos alimenticios: • Los alimentos acuosos (pH > 4,5): Pruebas A, B y C. • Los alimentos ácidos (pH ≤ 4,5): Prueba B. • Los alimentos con alcohol (≤ 20%): Prueba C. • Los alimentos con alcohol (> 20%): Prueba D1. • Los alimentos grasos: Pruebas D1 y D2. • Los alimentos que contienen materias grasas libres en la superficie: Prueba D2. • Los alimentos secos: Prueba E. Tratamiento prohibido. Tratamiento moderado. Tratamiento muy moderado. LAVADO Temperatura máxima 40°C. Tratamiento mecánico normal. Enjuague a temperatura normal. Centrifugado normal. Temperatura máxima 40°C. Tratamiento mecánico reducido. Enjuague a temperatura paulatinamente menor. Centrifugado reducido. Lavado a mano. No lavar a máquina. Temperatura máxima 40°C. Tratar con delicadeza. No se debe lavar. Tratar con cuidado estando húmedo. SECADO Posibilidad de secado en secadora con tambor rotativo. Programa normal. Posibilidad de secado en secadora con tambor rotativo. Programa moderado a temperatura reducida. No se debe secar en secadora con tambor rotativo. CLORADO Clorado (blanquear con cloro). Clorado autorizado. Solamente en solución fría y diluida. Clorado prohibido. PLANCHADO GUANTES DESECHABLES Planchar a una temperatura máxima de la base de la plancha de 200°C. La norma EN455 define las exigencias de calidad relativas a los guantes médicos no reutilizables. Planchar a una temperatura máxima de la base de la plancha de 150°C. 1 – Detección de orificios: Prueba de estanqueidad al aire. Planchar a una temperatura máxima de la base de la plancha de 110°C. El tratamiento a vapor presenta ciertos riesgos. 2 – Propiedades físicas: Verificación de conformidad de la talla, el espesor y la solidez del guante. 3 – Evaluación biológica: Verificación de conformidad de los materiales. No se debe planchar. Prohibido todo tratamiento con vapor. LIMPIEZA EN SECO Limpieza en seco. El círculo significa limpieza en seco para prendas textiles (se excluyen prendas de piel). Contiene indicaciones correspondientes a diferentes tratamientos de limpieza en seco. Limpieza en seco prohibido. 398