Todos iguales ante la ley.
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La Declaración de los Derechos Humanos señala que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que los derechos y libertades que proclama afectan a todas las personas, con independencia de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, y con independencia del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona.
Respecto a los principales derechos, se reconoce la personalidad jurídica de todo ser humano, y por su el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad, señalando que nadie podrá ser sometido a esclavitud o servidumbre. Cualquier ser humano es declarado igual ante la ley, y provisto de derecho a recurrir ante los tribunales para denunciar cualquier acto que viole sus derechos: toda persona tiene derecho a obtener justicia por un tribunal independiente e imparcial.
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, ni acusado de hechos que no sean delictivos según la ley nacional o internacional, y toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Entre las garantías personales, se reconoce el derecho a la privacidad de las personas, siendo inviolable si no es por orden judicial su domicilio o su correspondencia. También se reconoce el derecho a circular libremente, y a elegir su residencia, y salir o regresar del país. También se reconoce el derecho a pedir asilo. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad, de la que no se le puede desposeer.
Se reconoce también el derecho a formar una familia. Para contraer matrimonio será necesario el libre y pleno consentimiento de los futuros esposos. La familia será protegida por la sociedad y el Estado. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.