AMÉRICAS
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dad de todos los ciudadanos; que los derechos de los niños son también derechos humanos; y que Interés superior del niño es el bien jurídico a proteger por el Estado, consecuentemente la adopción fue incluida en un marco normativo asociado indesligablemente del bienestar superior del niño y que a partir de ese momento es considerado principio.
Propuesta de solución
Se recomienda que los plazos de control postadoptivo sean ampliados, tal como ocurre en otros países para garantizar el cumplimiento del Principio del Interés Superior del Niño, ante situaciones que pusieran en riesgo el desarrollo y bienestar de los niños, niñas y adolescentes dados en adopción.
Por consiguiente, se debe proveer a los órganos tutelares los recursos materiales, económicos y legales, para el adecuado cumplimiento de las acciones de control postadoptivo y responder al mandato de la Constitución Política del Perú respecto a la protección del menor dado en adopción.
Y, por último, se debe tener presente modificar el marco normativo previo análisis y estudio de nuestra realidad, para garantizar la protección de los niños, niñas y adolescentes ante situaciones de riesgo y de abandono.
REFERENCIAS
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fuente: agenhoy. com. ar