Revista Scientific Volumen 5 / Nº 15 - Febrero-Abril 2020 | Page 94

de igual manera se debe considerar la incertidumbre al momento de otorgar una garantía ante el riesgo de liquidez en la crisis bancaria, otro factor es minimizar el riesgo de default a los beneficiarios que no cancelen su deuda y el riesgo de mercado que es de gran importancia macroeconómica en el portafolio bancario y financiero. En cuanto a los riesgos de liquidez, este se reduce cuando el sistema de garantías es institucional, es decir, los bancos establecen políticas para la venta de créditos y generar un mercado acorde al financiamiento, pero trae sus fortalezas y debilidades en el cual existe un menor riesgo de liquidez, las PYMES incrementa tasa de financiamiento y extienden los plazos de su cancelación, ahora bien, el fenómeno riesgo asociado a la cartera de beneficiario de la Sociedad de Garantías Reciprocas del Estado Mérida, se encuentra conformada por fianzas financieras, la finalidad es garantizar a través de licitación el cumplimiento técnico o profesional la obligación adquirida y así quede avalada por un tercero. El sistema de reafianzamiento de operaciones permiten diversificar el riesgo y optimizar los recursos de las sociedades de garantías, los socios participan en el pago del crédito, de no realizarlo se procede a demandarlo brindando al conjunto del sistema de garantías, un mayor nivel de liquidez y expansión, por lo tanto el precio es factor importante en la garantías, los riesgos siempre están presentes, es una entropía que ocurre en los bancos, cuya finalidad es minimizar el desorden con respecto al riesgo por la entidad de financiamiento llevando a una inexorable valoración, control y seguimiento en las operaciones, asimismo, el incremento en las garantías no penaliza ni castiga el mal funcionamiento en la eficacia del portafolio el cual va a garantizar un mejor desempeño bancario. Existen varios factores que coadyuvan al crecimiento del riesgo si no son controlados, entre ellos se tiene el que se encuentra politizado, donde el 93 Artículo Arbitrado con el Ejecutivo Nacional en las sociedades tributarias que ocasione la norma,