REVISTA N º10 – SUDAMERICANA DE PESAS | Page 11

Las consecuencias por la presencia de una Sustancia de Abuso en la muestra de un deportista , y de acuerdo con el Artículo 10.2.4.1 del Código , si “ el deportista puede establecer que cualquier ingestión o Uso ocurrió en el periodo fuera de la Competencia y que no estaba relacionado con una mejora del rendimiento deportivo ”, entonces el período de suspensión será de tres ( 03 ) meses , pudiendo reducirse este periodo a un ( 01 ) mes , si el deportista completa satisfactoriamente un programa de tratamiento de Sustancias de Abuso aprobado por la Organización Antidopaje que gestionó el resultado .
En caso el deportista no logre demostrar lo mencionado previamente , el periodo de suspensión será de 2 o 4 años , dependiendo si la sustancia es Especifica ( 02 años ) o No Especifica ( 04 años ), según lo describe el Código en el artículo 10.2.1 , 10.2.2 , 10.2.3 y 10.2.4 .
Es de suma importancia conocer el marco normativo antidopaje obligatorio para todos los integrantes del Sistema Deportivo Federado , así como las consecuencias que derivan del incumplimiento de las normas .
La Lista de prohibiciones 2021 la pueden descargar en :
( ingles ) https :// www . wada-ama . org / sites / default / files / resources / files / 2021list _ en . pdf
( español ) https :// www . wada-ama . org / sites / default / files / resources / files / 2021list _ sp . pdf

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