REVISTA JURÍDICA XV EDICION CONFRONTACIONES | Página 17
DISCUSIÓN Y CONCLUSIONES
El origen de los procesos monitorios, proviene de la edad media, según tesis
consultada. “El Doctor Gustavo Calvinho explica que sus orígenes se
remontan a la Alta Edad Media –Siglo XIII- en Italia y concretamente en las
Ciudades que ante la necesidad de agilizar el Tráfico Mercantil y con la
finalidad de evitar el Juicio Plenario, buscan un título de ejecución rápido y
eficaz. Se configuro entonces como un procedimiento sin fase previa de
cognición que elude la fase declarativa.” 5/
“Es hasta la época de 1974 que comienza a tratarse el concepto del proceso
monitorio a fin de darle la agilidad necesaria a todas aquellas reclamaciones
dinerarias pequeñas, para desahogar la estructura del proceso ejecutivo.” 6/
Según fuentes varias, los procesos monitorios, que se constituyen como un
hibrido de procesos de mero derecho, procesos ejecutivos y a la vez,
procesos abreviados, vienen del derecho italiano y del derecho español,
entran a la legislación salvadoreña, con la entrada en vigencia del Código
Procesal Civil y Mercantil y a pesar de ser una muy útil herramienta jurídica,
han pasado prácticamente desapercibidos por la comunidad jurídica,
quienes prefieren utilizar procesos que resultan más conocidos y
ampliamente difundidos, como el caso de los procesos ejecutivos.
Resulta que, los procesos ejecutivos, al no tener un límite en cuanto a
procedimiento, más que en cuanto a competencia, ya que, si el monto es
menor de veinticinco mil colones, conoce el Juez de Primera instancia de
Menor cuantía, pero siempre en proceso ejecutivo; ocurre algo diferente
en las pretensiones basadas en documentos que no se consideran con
fuerza ejecutiva, pero que si comprueban una relación entre acreedor y
deudor, donde, efectivamente, se tienen que ventilar en un proceso
5/
Calvinho, Gustavo; "Debido Proceso y procedimiento monitorio", publicado en la obra colectiva: "El Debido
Proceso", colección Derecho Procesal Contemporáneo, dirigida por los Doctores. Adolfo Alvarado Velloso y Oscar
Zorzoli. Ed. Ediar, Buenos Aires, 2006. Pag. 121. Citado por ALVARO ALONSO HUEZO QUEVEDO. “EL PROCESO
MONITORIO EN EL CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL DE EL SALVADOR”. TRABAJO DE INVESTIGACION PARA
OPTAR AL TÍTULO DE: LICENCIADO EN CIENCIAS JURÍDICAS
6/
ALVARO ALONSO HUEZO QUEVEDO. Op cit.