REVISTA JURÍDICA XV EDICION CONFRONTACIONES | Página 17

DISCUSIÓN Y CONCLUSIONES El origen de los procesos monitorios, proviene de la edad media, según tesis consultada. “El Doctor Gustavo Calvinho explica que sus orígenes se remontan a la Alta Edad Media –Siglo XIII- en Italia y concretamente en las Ciudades que ante la necesidad de agilizar el Tráfico Mercantil y con la finalidad de evitar el Juicio Plenario, buscan un título de ejecución rápido y eficaz. Se configuro entonces como un procedimiento sin fase previa de cognición que elude la fase declarativa.” 5/ “Es hasta la época de 1974 que comienza a tratarse el concepto del proceso monitorio a fin de darle la agilidad necesaria a todas aquellas reclamaciones dinerarias pequeñas, para desahogar la estructura del proceso ejecutivo.” 6/ Según fuentes varias, los procesos monitorios, que se constituyen como un hibrido de procesos de mero derecho, procesos ejecutivos y a la vez, procesos abreviados, vienen del derecho italiano y del derecho español, entran a la legislación salvadoreña, con la entrada en vigencia del Código Procesal Civil y Mercantil y a pesar de ser una muy útil herramienta jurídica, han pasado prácticamente desapercibidos por la comunidad jurídica, quienes prefieren utilizar procesos que resultan más conocidos y ampliamente difundidos, como el caso de los procesos ejecutivos. Resulta que, los procesos ejecutivos, al no tener un límite en cuanto a procedimiento, más que en cuanto a competencia, ya que, si el monto es menor de veinticinco mil colones, conoce el Juez de Primera instancia de Menor cuantía, pero siempre en proceso ejecutivo; ocurre algo diferente en las pretensiones basadas en documentos que no se consideran con fuerza ejecutiva, pero que si comprueban una relación entre acreedor y deudor, donde, efectivamente, se tienen que ventilar en un proceso 5/ Calvinho, Gustavo; "Debido Proceso y procedimiento monitorio", publicado en la obra colectiva: "El Debido Proceso", colección Derecho Procesal Contemporáneo, dirigida por los Doctores. Adolfo Alvarado Velloso y Oscar Zorzoli. Ed. Ediar, Buenos Aires, 2006. Pag. 121. Citado por ALVARO ALONSO HUEZO QUEVEDO. “EL PROCESO MONITORIO EN EL CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL DE EL SALVADOR”. TRABAJO DE INVESTIGACION PARA OPTAR AL TÍTULO DE: LICENCIADO EN CIENCIAS JURÍDICAS 6/ ALVARO ALONSO HUEZO QUEVEDO. Op cit.