Revista El Observatorio Uruguayo de DITEC noviembre diciembre 2021 noviembre y diciembre | Page 34

34 LEY 19691
4 . - Licencia extraordinaria sin goce de sueldo : La norma reglamentaria establece los requisitos y condiciones que debe cumplir el trabajador para poder acogerse al beneficio de licencia extfroraordinaria sin goce de sueldo por un período de hasta 3 meses continuos o discontinuos al año .
El Decreto aclara que la duración de esa licencia debe ajustarse al año civil , por lo que si el trabajador ingresó en la empresa luego del 1 º de enero , la duración del beneficio ( máximo 3 meses ) deberá ajustarse al período trabajado en forma proporcional ( prorrata ).
5 . Beneficios tributarios para empresas : Finalmente , el Decreto establece que las empresas que deseen acogerse al régimen de reducción de aportes jubilatorios patronales al Banco de Previsión Social ( BPS ) correspondientes a las personas con discapacidad que ingresen a trabajar , deberán inscribirse previamente en el Registro de empleadores que lleve la Dirección Nacional de Empleo del MTSS .
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