¿ EN QUÉ LUGARES NO SE PUEDE FUMAR ?
La reforma extiende los espacios libres de humo de tabaco a todos los lugares considerados de “ concurrencia colectiva ”. Desde el 15 de enero de 2023 , la Ley prohíbe fumar en patios , terrazas , balcones , parques de diversiones , área de juegos , deportivos , hoteles , playas , centros de espectáculos , canchas , estadios , arenas , plazas comerciales , mercados , hospitales , clínicas , iglesias o espacios de culto religioso , restaurantes y bares , además de paraderos de transporte . Los lugares de trabajo , las escuelas privadas o públicas de cualquier nivel y el transporte público también son considerados espacios libres de humo de tabaco , sin importar si están al aire libre o en espacios cerrados .
Terrazas , balcones y patios : zonas para fumar sin servicios
Si bien las zonas exclusivas para fumar se mantienen en restaurantes , bares , hoteles y lugares de entretenimiento , la reforma establece que los establecimientos no podrán ofrecer ningún servicio en estas áreas , una modificación que pone fin a las terrazas , patios y otros sitios al aire libre donde se combinaba el consumo de cigarro con alimentos y bebidas . La nueva legislación contempla que las zonas exclusivas para fumar estén separadas físicamente del resto y se encuentren al menos a diez metros de distancia del lugar de congregación .
Autor : Alondra Calva Argueta