Revista digital Pauta de Seguridad Paciente y Familia HUNC PAUTA SEGURIDAD DEL PACIENTE | Page 48
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Siguiendo nuestra misión y
comprometiéndonos con la humanización,
el Hospital Universitario Nacional respeta los derechos de las
personas sin ninguna discriminación y privilegia a aquellas en condición
de discapacidad y en general, a los grupos más vulnerables.
Derechos
- Acceder a los servicios y tecnologías en salud, que le garanticen una atención
integral y oportuna y de alta calidad.
- Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su
condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo
alguno.
- A mantener una comunicación plena, permanente, expresa y clara con el
profesional de salud tratante.
- A obtener información clara, apropiada y suficiente por parte del profesional de
la salud tratante que le permita tomar decisiones, conscientes e informadas
respecto a los procedimientos que le vayan a practicar y riesgos de los mismos.
- Ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad, a recibir un
tratamiento de salud.
- A recibir prestaciones de salud en las condiciones y términos consagrados en
la ley.
- A recibir un trato digno, respetando sus creencias y costumbres, así
como las opiniones personales que tengan sobre los procedimientos.
- A que la historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada y que
únicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorización del
paciente o en los casos previstos en la ley, y a poder consultar la totalidad de
su historia clínica en forma gratuita y a obtener copia de la misma.
- A que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, asistencia de
calidad por trabajadores de la salud debidamente capacitados y autorizados
para ejercer.
- A la provisión y acceso oportuno a las tecnología y a los medicamentos
requeridos.
- A recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y
respeto a su intimidad.
- A la intimidad. Se garantiza la confidencialidad de toda la información que
sea suministrada en el ámbito del acceso a los servicios de salud y de las
condiciones de salud y enfermedad de las personas, sin perjuicio de la
posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los eventos autorizados
por la ley o las autoridades en las condiciones que ésta determine. .
- A recibir información sobre los canales formales para presentar
reclamaciones, quejas, sugerencias y en general para comunicarse con la
administración de las instituciones, así como a recibir una respuesta por
escrito.
- A solicitar y a recibir explicaciones o rendición de cuentas acerca de los
costos por los tratamientos de salud recibidos.
- A que se le respete la voluntad de aceptación o negación de la donación de
sus órganos de conformidad con la ley.
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