REVOCAR UN PODER.
Puede ser revocado de forma escrita aportando un memorial al
despacho comunicando que revoca al poder o que le da poder a otro
abogado y de forma verbal, en audiencia.
RENUNCIAR
A UN PODER.
En primer lugar, el
abogado debe elaborar un
documento que haga
referencia al a renuncia,
enviarlo o notificarlo por
correo certificado, solicita
a la entidad que realizó la
notificación, certificación,
con un memorial y el
anexo de la certificación le
da a conocer al despacho
su renuncia, se entenderá
aceptada la renuncia hasta
5 días después de
presentado el memorial.
La renuncia también
puede ser verbal, en este
caso la manifestación se
hace en audiencia.
SUSTITUCIÓN
La sustitución de podes es
una herramienta procesal
con la que cuentan los
abogados para transferir las
facultades de uno a otro en
las mismas condiciones que
el principal apoderado.