Una de las principales ventajas derivadas de la celebración
de estos tratados, consiste en que su contenido normativo es
generalmente aceptado por la mayor parte de los estados o,
tratándose de convenios bilaterales, es aceptado por las dos
partes contratantes. Lo anterior facilita que la interpretación
de los textos normativos sea común y uniforme entre los
estados que forman parte del tratado, logrando consistencia
en su aplicación y, en consecuencia, aportando seguridad
jurídica a los particulares.