Revista Consultoría Edición Especial 2020 Edición Especial No. 11 | Page 98

Legal En el caso de Arrendamientos de inmuebles se pone de manifiesto el Artículo 2431 del Código Civil para la CDMX que dispone: “Si por caso fortuito o fuerza mayor se impide totalmente al arrendatario el uso de la cosa arrendada, no se causará renta mientras dure el impedimento, y sí este dura más de dos meses, podrá pedir la rescisión del contrato”. En el caso de las obligaciones con clientes (consumidores) debemos de advertir lo siguiente: 1. Cuidar la publicidad que se maneja a. Publicidad engañosa: El error o confusión se debe a que el producto o servicio se presentó de manera falsa, inexacta, exagerada, parcial o tendenciosa. 2. Evitar cuestiones de discriminación al consumidor a. b. Selección de clientela. Cobros superiores a los del mercado; es decir, que quiera beneficiarse. En este sentido, la teoría de la imprevisión postula que, ante la ocurrencia de un hecho extraordinario, general, imprevisible, y ajeno a las partes, que cause un desequilibrio económico entre las prestaciones pactadas en un contrato, haciendo más gravoso el cumplimiento de las obligaciones para uno de los contratantes, la parte afectada podrá solicitar la modificación del contrato a efecto de recuperar el equilibrio de las obligaciones y contraprestaciones pactadas. 3. Comercio electrónico (Aquí es importante ver la NMX-COE-001-SCFI-2018) a. b. c. d. Garantías. Colocar bien los precios. Caso fortuito o fuerza mayor (reprogramación de entregas). Promociones u ofertas. Como podemos advertir, las obligaciones legales son cuestiones que no se deben tomar a la ligera, las autoridades tanto federales como estatales, estarán vigilando el cumplimiento de las obligaciones por parte de las empresas. Por cuestión de espacio, aún faltan otras obligaciones en materia corporativa, regulatorias, ambientales y más, sin embargo, puedo recomendar para lectura la “Guía de Orientación Jurídica por afectaciones derivadas del Covid-19”, la cual fue elaborada con la participación de la comunidad jurídica y varios despachos. 96 REVISTA CONSULTORÍA EDICIÓN ESPECIAL