En este sentido, y ante todas estas
prácticas ¿Qué se puede hacer? Bueno,
a continuación, comparto algunas
buenas prácticas en diferentes áreas:
En materia laboral
Adicionalmente, en el caso de las PTU’s se podrían
analizar las siguientes alternativas:
1.
2.
Negociar con los trabajadores a no cobrar las PTU´s, y
que se acumulen para el siguiente año.
Las empresas que tengan dificultades en estos momentos
para cubrir esta prestación, tienen la opción de hacer un
convenio con los colaboradores para aplazar el pago de
PTU´s.
En el caso de pago de Créditos se puede analizar
lo siguiente:
1.
2.
3.
Renegociar o cambiar los términos de un Contrato de
Crédito, argumentando que Covid-19 es un caso fortuito
o de fuerza mayor.
Debe haber una relación de causalidad entre eventos
o hechos y la imposibilidad del cumplimiento de la
obligación, lo que significa que esta sea la consecuencia
directa e inmediata de aquellos.
a.
b.
Evento de la naturaleza o hecho del hombre.
Que dichos eventos o hechos sean totalmente ajenos
a la voluntad del deudor, y fuera de su control.
Que el evento sea imprevisible, y en caso de no serlo,
sea imposibilitado. Para poder alegar un caso fortuito o
fuerza mayor, se deberá probar una relación directa entre
este y la obligación que, supuestamente, impide cumplir.
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