Revista Caracter 4 - 2016 Vol. 4 IV | Page 133

patrimonialmente como jurídicamente, se unen para formar una nueva sociedad con un patrimonio consolidado y una existencia jurídica única, por tanto constituye un acto de naturaleza corporativa o social, que es motivada por causas económicas. No se puede confundir fusión con adquisición pues esta última se da cuando una empresa compra las acciones de y / o activos de una compañía suficiente para tener control sobre la misma sin llevar a cabo la fusión de sus patrimonios.
La fusión puede definirse como un proceso de concentración de empresas, que da lugar a una unión de patrimonios y de socios de las sociedades intervinientes en la operación. Fruto de la misma se extinguen personalidades jurídicas independientes, con el fin de ampliar el patrimonio de otra personalidad jurídica preexistente o de nueva constitución.( Rúa Alonso de Corrales, 2016, pág. 3)
Una fusión consiste en el acuerdo entre los dueños y / o accionistas de dos o más compañías, jurídicamente independientes, en donde se adquiere el compromiso de unir sus patrimonios y formar una nueva sociedad. La fusión presenta el grado máximo de concentración de empresas, por cuanto implica la extinción de una o de varias sociedades para dar vida a una nueva empresa, o para incrementar el patrimonio de una compañía ya existente, situación que origina la pérdida de independencia de las antiguas compañías,
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