siendo conveniente y necesario dar pasos para acoger este
Anexo e incorporarlos en las legislaciones, procedimientos
y controles que tienen los Estados de la Región para mejorar
los controles y calidad del aire afectado por las partículas de
contaminantes producidas en la operación de los buques).
La CONVEMAR está cumpliendo treinta años en
diciembre 2012, desde su firma y nacimiento a luz pública,
como Instrumento Jurídico Internacional. Esto amerita un
análisis riguroso y con conciencia por parte de cada país
miembro de la región sudamericana. Especialmente sobre
el cumplimiento de la denominada "Constitución de los
Mares del Mundo". Regulaciones que han sido acogidas
en su derecho positivo, en su derecho consuetudinario y en
la práctica marítima (jurisdiccional, legal, mercante, admi-
nistrativa, comercial, en seguros, preservación del medio
marino, prevención y control de contaminación, procedi-
mientos legales de reclamación, conservación marina. Al
igual que para investigación científica marina, regulaciones
y soberanía en materia de recursos pesqueros y marinos, re-
gulación sobre proyección del suelo y subsuelo marino, así
como prospección, exploración y explotación de recursos
de la Plataforma marina, etc .... ).
Los países miembros de Latinoamérica, que bien
hayan ratificado o adherido a la CONVEMAR, asumen le-
galmente de "pleno derecho" de aplicación, o bien por qué
se ha ido incorporando conceptualmente y legalmente. En
casi todos los estados" que no la han ratificado, dejando
pendiente en la legalidad y en la práctica acoger las par-
tes inherentes a delimitación de espacios marinos, con sus
vecinos, por considerar que pueden lesionar viejas o sen-
sibles aspiraciones. O por razones para tener un poco mas
de mar territorial (y sus proyecciones a otros espacios ma-
rítimos jurisdiccionales como zona Contigua, Zona Econó-
mica Exclusiva y Plataforma Continental); mas de plano
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Son 160 países los que han firmado su adhesión a Convemar,
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