Revista actualicese.com Revista No. 30. Marzo 2014 | Page 6
Actualidad Tributaria
Adicionalmente si una SAS que nació en
el 2013 al cierre del 2013 fue cuando superó los 5.000 salarios mínimos mensuales de activos totales contables (5.000 x
$589.500= $2.947.500.000) o los 3.000
salarios mínimos de ingresos brutos contables a los que se refiere el parágrafo 2
del art. 13 de la Ley 43 de 1990 (3.000 x
$589.500= $1.768.500.000) y por lo tanto
quedaría obligada a nombrar revisor fiscal
(ver Decreto 2020 de 2009). En ese caso
éste solo firmaría declaraciones que sean
de periodos “2014” (como la retención de
enero de 2014 en adelante, el IVA del bimestre enero-febrero de 2014 en adelante,
etc.), pero no tendría que firmar las declaraciones de renta ni CREE del año gravable
2013 a pesar de que las mismas se presenten durante abril de 2014 cuando el revisor
fiscal ya estaría nombrado (ver Concepto
72754 de octubre de 2005). Por lo tanto, se
ratifica que las declaraciones de renta y de
CREE del año gravable 2013 para esa SAS
que hemos usado como ejemplo solo tendrían que llevar la firma como “Contador”
pero no como “Revisor Fiscal”.
De otra parte, cuando el formulario 140 para
año gravable 2013 indique que lo que se deberá mirar para efectos de la necesidad de
contar o no con la firma de contador sean los
“ingresos brutos” o el “patrimonio bruto”
del mismo año 2013, en ese caso surgirán
las siguientes preguntas:
1) ¿Solo nos fijaremos en los ingresos
brutos ordinarios que serán los únicos
que figurarán en ese formulario 140?
2) ¿Nos tendríamos que fijar en la
suma de ingresos brutos ordinarios
más ingresos brutos de ganancias
ocasionales los cuales sí aparecen
juntos en el formulario 110?
Al respecto, es más razonable escoger
la opción 2 pues si en el formulario 140
tampoco existirá el “patrimonio bruto”,
entonces, cuando se deban mirar ya sea
el “patrimonio bruto al cierre del 2013”
o los “ingresos brutos al cierre del 2013”,
ambos datos habría que mirarlos en el formulario normal de renta 110 (pues todo
el que declare un 140 es porque también
tendrá un formulario110).
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actualicese.com / marzo de 2014
Publicado: 17 de febrero de 2014
La renta presuntiva será
la base mínima para su
liquidación
En el formulario 140, a diferencia de lo que sucede en el 110,
la renta presuntiva no podrá
ser afectada con ningún tipo de
renta exenta y por lo tanto se
convertirá siempre en la verdadera base mínima sobre la cual
se debe estimar el CREE. Esto
garantizará que sí habrán recursos para el SENA, el ICBF, las
EPS y también, al menos entre
el 2013 y 2015, unos recursos
adicionales para el SISBEN, las
universidades públicas y el sector agropecuario.
A
l estudiar la estructura del formulario 140 para las declaraciones
del CREE año gravable 2013 tal y
como fue definido en la Resolución 0049
de febrero 5 de 2013, se confirma que en
el caso de la liquidación de la base gravable final de dicho impuesto, a diferencia
de lo que sucede con la base gravable final
del impuesto normal de renta, formulario
110, lo que sucederá es que el cálculo de
la renta presuntiva, el cual implica tomar
el patrimonio líquido positivo del año anterior y depurarlo con lo indicado en los
arts. 189 a 193 de E.T., es el valor que se
convertirá en la verdadera “base mínima”
para la liquidación anual del CREE.
En efecto, en el renglón 39 del formulario 140 irá el dato equivalente a la renta
presuntiva calculada sobre el patrimonio
líquido positivo que tuviera el declarante
a diciembre del año anterior (diciembre
de 2012 en este caso). Los únicos que se
salvarían serían los entes jurídicos declarantes del CREE que nacieron en el 2013
y por tanto no tenían patrimonio líquido en
el 2012. Luego de definido el renglón 39,
el mismo se comparará con lo que diga el
renglón 38 (“base gravable CREE”, el cual
viene siendo el equivalente de la “renta líquida ordinaria después de compensaciones” en el formulario 110) y al mayor de
los dos se le calculará la tarifa del 9% y se
llevará al renglón 40.
Según lo anterior se confirma que la renta
presuntiva o “base mínima” en el CREE
(ren