Revista actualicese.com Revista No. 25. Octubre 2013 | Page 14

Actualidad / Contable Publicado: 11 de septiembre de 2013 Operaciones de factoring o compra de cartera A partir de febrero de 2014 solo las personas jurídicas podrán hacerlo. Así lo contempla la nueva versión del art. 8 de la Ley 1231 de 2008 el cual fue modificado con el art. 88 de la Ley 1676 de agosto 20 de 2013. Por tanto las personas naturales, a pesar de estar inscritas en Cámaras de Comercio ya no se podrán seguir dedicando a la compra de cartera. Además, las personas jurídicas autorizadas que no sean vigiladas por Superfinanciera, también deben tener en cuenta lo indicado en el Decreto 2669 de diciembre de 2012. O tro de los importantes cambios que la Ley 1676 de agosto 20 de 2013 introdujo al mundo de las operaciones de factoring o compra de cartera es el que se estableció con su artículo 88 el cual modificó al art. 8 de la Ley 1231 de 2008 buscando de esa forma establecer que solo las personas jurídicas y no las naturales, puedan dedicarse a las operaciones de compra de cartera. Los cambios a la Ley 1231 de 2008 solo aplican a partir de febrero 20 de 2014 Los cambios que la Ley 1676 de 2013 está efectuando a la Ley 1231 de 2008 solo empezarán a aplicarse a partir de febrero 20 de 2014, es decir, 6 meses después de expedida la Ley 1676. Por tanto, quedaría claro que a partir de dicha fecha ya no se permitirá lo que hasta ahora ha venido permitiendo el texto original de la Ley 1238, a saber, que tanto personas naturales como jurídicas con simplemente estar inscritas en las Cámaras de Comercio pudieran dedicarse a las operaciones de compra de cartera. Para ver este artículo en nuestra página ve al siguiente link: http://actualice.se/8c34 14 actualicese.com / octubre de 2013 A partir de febrero de 2014 solo las personas jurídicas inscritas en Cámara de Comercio (sean o no instituciones financieras) serán las que podrán dedicarse legalmente a las operaciones de compra de cartera. Se evita entonces que las personas naturales se puedan dedicar a la compra de cartera porque seguramente en la práctica, a diferencia de las personas jurídicas, no están cumpliendo con lo que les exige el texto del art. 8 de la Ley 1231 de 2008 sobre evitar comprar carteras que pertenecieran a otras personas o negocios dedicados al lavado de activos, o no cumplían con avisar a la UIAF o a la Fiscalía sobre operaciones sospechosas de lavado de activos.