revista 9 confederacion sudamericana de pesas | Page 13

DEBEMOS RECORDARLE AL DEPORTISTA

El único uso legítimo de los medicamentos en el deporte , es bajo la supervisión de un médico deportólogo y para un fin clínicamente justificado . El Comité Olímpico Internacional y las Federaciones Deportivas Internacionales , mediante la acción de los Agencias Antidopaje han instaurado los controles antidopaje para proteger a aquellos atletas honestos , de las potenciales e injustas ventajas que podrían beneficiar a los deportistas que usan drogas en un intento de mejorar su actuación deportiva , para ello han creado la Agencia Mundial Antidopaje
Estos controles , cumplen además con un fin de protección de los atletas contra los posibles efectos secundarios nocivos de algunas drogas y fármacos . Los deportistas deben conocer las listas de sustancias prohibidas y parcialmente restringidas , prestando atención a los siguientes consejos :
1 . La lista de sustancias prohibidas contiene un porcentaje muy pequeño del arsenal farmacológico disponible en la actualidad y no constituye obstáculo para el tratamiento de atletas por razones justificadas . Conviene recordar que esta lista no es exhaustiva y que ninguna lista puede serlo , dado que constantemente aparecen nuevos productos en el mercado . Puede que una droga como principio activo de una marca comercial de determinado fármaco no aparezca en las listas , pero ello no significa que no se trate de una sustancia prohibida . En todos los casos conviene que un médico busque las equivalencias aplicables en los manuales farmacológicos de cada país . Se deben extremar las precauciones , ya que las listas de cada sustancia son revisadas periódicamente y un resultado de dopaje positivo es para toda la vida .
2 . Los fármacos que se utilizan para tratar el asma deben ser utilizados con precauciones . Algunos de ellos sólo están autorizados de cierta manera y siempre bajo permiso médico debe estar declarado . Cuando un médico prescriba un fármaco de uso restringido , por un motivo médico verificable , lo puede hacer , declarándolo a las Comisiones Médicas de cada país regentes en la materia , lo más posible antes de las competencias de los atletas medicados , y el mismo atleta debe corroborar que se cumplan con estos requisitos ( el medicamento lo ingerirá él , y no el médico ).

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