REGLAMENTO ESTUDIANTIL UNIMINUTO | Page 58

Corporación Universitaria Minuto de Dios - UNIMINUTO el extranjero, con las cuales UNIMINUTO suscriba convenios de intercambio. En estos casos UNIMINUTO postulará al estudiante y le brindará asesoría y apoyo para poder acceder al intercambio. Artículo 105. Grado póstumo. UNIMINUTO otorgará grado póstumo, en ceremonia especial, al estudiante que fallezca habiendo cursado y aprobado por lo menos el ochenta por ciento (80%) del plan de estudios en el que se encontraba matriculado. Estos grados son autorizados por el Rector de la Sede, previa petición del Decano o del Director del Centro Regional al cual hubiere pertenecido el estudiante. Artículo 106. Procedimientos. El Rector General, reglamentará mediante Resolución, el procedimiento para el otorgamiento de las distinciones a las cuales se refiere este capítulo. Por razones excepcionales, podrá determinar que no se otorguen algunas de ellas, en un período determinado, lo cual será informado a los estudiantes al inicio del período académico. CAPITULO XIX – SUBSIDIOS Y BECAS Artículo 107. Subsidios UNIMINUTO. El Consejo de Fundadores determinará la política general de los subsidios que UNIMINUTO, como parte de su compromiso misional, otorgará a los estudiantes en las Sedes que crea conveniente. Dichos subsidios podrán ser diferentes en las distintas Sedes y programas y se concretarán al momento de matricularse el estudiante. Artículo 108. Becas Académicas. El Consejo de Fundadores, mediante Acuerdo motivado, determinará las condiciones para el otorgamiento de becas académicas a los estudiantes que se encuentren en las siguientes situaciones: 60