Corporación Universitaria Minuto de Dios - UNIMINUTO
podrá establecer actividades académicas adicionales al plan
de estudios con el propósito de garantizar el nivel académico
adecuado.
Artículo 17. Admisión. La admisión es un acto unilateral,
potestativo, mediante el cual UNIMINUTO otorga al aspirante
inscrito el derecho de ingresar a un programa académico,
siempre que dicho aspirante acepte las condiciones que le
imponga UNIMINUTO para ello, de conformidad con este
reglamento.
Los resultados del proceso de admisión se publicarán en un lugar
visible de UNIMINUTO o en su página web.
Artículo 18. Obligación de Matricularse. Los aspirantes
seleccionados adquieren el estado de admitidos y deberán hacer
uso del derecho de matrícula en los plazos establecidos por
UNIMINUTO. En caso contrario perderán el estatus de admitidos.
Parágrafo. El aspirante admitido en un programa de
UNIMINUTO quien, por razón de intercambio académico
internacional, o porque ha sido llamado al servicio militar o civil
obligatorio, o por otro motivo de fuerza mayor debidamente
comprobado, tiene el derecho de solicitar por escrito, a la
Oficina de Admisiones y Registro de cada Sede o a la autoridad
que haga sus veces, la reserva de su cupo y el aplazamiento
de la matrícula, hasta por un (1) año calendario. Pasado ese
término, vence la validez de la inscripción y la reserva del
cupo y el aspirante que desee ser admitido, deberá reiniciar el
proceso de inscripción, admisión y matrícula.
UNIMINUTO no estará obligado a conservar la documentación
presentada por el estudiante, después de un (1) año
calendario.
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