Riesgos de las Redes Sociales :
A lo largo de este apartado , haremos notar que la notoriedad de estos espacios sociales online no queda exenta de riesgos o posibles ataques malintencionados .
Las redes sociales permiten al usuario generar un perfil con sus datos , y para ello ofrece un formulario animando a completar el mayor número de datos posibles : nombre , edad , sexo , foto , aficiones y gustos , formación académica , profesión e incluso orientación sexual , de modo que toda ésta información se hace pública para todos los demás usuarios ya que por defecto , la accesibilidad del perfil no es sólo para tus amigos , sino también para las personas que forman parte de la lista de contacto de tus amigos . Es por ello que el propio concepto de red social conlleva a una cierta renuncia voluntaria a la intimidad en tanto que por el tratamiento masivo de información personal .
Al menos el 40 % de los usuarios de redes sociales tiene abierto el acceso a su perfil a todo el que pase por ellas , sin restricción alguna de privacidad . Entre los menores de 18 años , este porcentaje se eleva al 77 %, según un estudio reciente de la AEPD y el Instituto de Tecnologías de la Comunicación .
Existe un problema derivado de la falta de toma de conciencia real por parte de los usuarios de que sus datos personales serán accesibles por cualquier persona . Se desconoce en gran medida que los perfiles pueden ser archivados , facilitando la creación de bases de datos de personas con fines ilícitos y del valor que éstos pueden llegar a alcanzar en el mercado . Por ello , se debe leer toda la información concerniente a la página web . En ella se explica quiénes son los titulares de la misma y la finalidad para la que se solicitan los datos .
Pero hay que destacar que los mayores riesgos de los menores de edad está directamente relacionados con la proliferación de información personal gráfica de los menores publicada por ellos mismos o por terceros así como comentarios de naturaleza injuriosa que pueden ser delitos o faltas tipificadas en el Código Penal , con desconocimiento de la responsabilidad civil por herir el derecho a la propia imagen del individuo como al honor .
Éste es el caso del cyberbullyng en el cual se desarrollan conductas hostiles , se ataca la reputación , daña la intimidad a través de comentarios , se inventan historias , se crean perfiles falsos , suplantación de la personalidad , etiquetan fotos , insulta , amenaza , chantajea con subir fotografías , etc .
Es por tanto esencial que los usuarios tengan en cuenta que la publicación de contenidos con información y datos respecto a terceros no puede ser realizada si éstos no han autorizado expresamente su publicación , pudiendo solicitar su retirada de forma inmediata . Luego estas redes sociales deben establecer canales de denuncias , garantizando las respuestas en un breve plazo de tiempo , eliminando el comentario o la fotografía lesiva con la intimidad de las personas .
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