QUE BONITO ES MANZANILLO | Page 21

QUÉ HACER CON LOLITA?

Por Roberto Andrade Jiménez

Aliquam varius adipiscing tempor. Vivamus id ipsum sit amet massa consectetur porta. Class aptent taciti sociosqu ad litora torquent per conubia nostra, per inceptos himenaeos. Praesent dignissim ultrices neque. Aliquam auctor congue nunc sed interdum. Aenean sagittis gravida est, sit amet egestas metus venenatis non. Mauris non leo malesuada orci laoreet eleifend eget mattis ipsum. Nam vehicula lorem erat, a consectetur libero. Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Sed et consectetur lacus.

¿Cuáles son las personas que se incorporan al régimen de Personas morales con fines no lucrativos para poder ser autorizadas para recibir donativos? Las instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia que realicen actividades:

1.- Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público.

2.- De apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.

3.- De promoción de la equidad de género.

4.- De servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad.

5.- De apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas urbanas y rurales.

6.- De promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico.

7.- De fomento de acciones para mejorar la economía popular.

8.- De participación en acciones de protección civil.

intercambio de información. Fundamento : Artículo 60, I, II y III de la LISR.

¿Quiénes no pueden tributar en el régimen Opcional para grupos de sociedades por no estar consideradas como sociedades integradoras o integradas?

1.- Las personas morales con fines no lucrativos comprendidas en el Título III de la Ley del ISR.

2.- Las que componen el sistema financiero y las sociedades de inversión de capitales creadas conforme a las leyes de la materia.

3.- Las residentes en el extranjero, inclusive cuando tengan establecimientos permanentes en el país.

4.- Las que se encuentren en liquidación.

5.- Las sociedades y asociaciones civiles, así como las sociedades cooperativas.

6.- Las personas morales que tributen como coordinados de autotransporte de carga o de pasaje

7.- Las asociaciones en participación.

8.- Las que llevan a cabo operaciones de maquila.

9.- Las que tengan pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir, generadas antes de la fecha en que reúnan los requisitos para ser integrada o integradora.

10.-Las empresas que presten el servicio de transporte público aéreo. Fundamento l: Artículo 62, fracción I a X de la LISR.

¿Qué requisitos debe cumplir la sociedad integradora para obtener la autorización para aplicar el régimen Opcional para grupos de sociedades?

1.- Contar con la conformidad por escrito del representante legal de cada una de las sociedades integradas.

9.- De prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento en términos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

10.- De promoción y defensa de los derechos de los consumidores. Fundamento : Artículo 79, fracciones XXV de la LISR.

¿En qué régimen fiscal deben tributar a partir de 2014 las sociedades o asociaciones civiles dedicadas a la enseñanza y las organizadas con fines deportivos?.

1.- Las instituciones de enseñanza privadas pueden continuar en el régimen de las personas morales con fines no lucrativos cuando mantengan u obtengan autorización del SAT para recibir donativos deducibles. De lo contrario deben tributar en el régimen General de las personas morales.

2.- En el caso de las sociedades o asociaciones con fines deportivos deben tributar conforme el régimen General de las personas morales. Fundamento : Artículo 79, fracción X de la LISR

¿En qué cosiste el procedimiento de discrepancia fiscal?

Consiste en que las autoridades fiscales pueden comprobar el origen de los ingresos de las personas físicas cuando realicen erogaciones o gastos en un año mayores a sus ingresos y no estén inscritas en el RFC o no presenten las declaraciones que les correspondan. Cuando se compruebe la discrepancia ésta se entenderá que es un ingreso gravado, se calculará el impuesto con la tarifa de las personas físicas y se emitirá la liquidación respectiva al contribuyente. Fundamento : Artículo 91 de la LISR..

Segunda parte

QUE BONITO ES MANZANILLO PAG. 17