INMIGRACIÓN
Por el Abogado Bruno Gitnacht .
RESTRICCIÓN DE VIAJE 3.0 : LA CORTE SUPREMA DA SU FALLO SOBRE LA LEGALIDAD DE DICHA ORDEN EJECUTIVA
El martes pasado la Corte Suprema de los Estados Unidos dio a conocer su fallo legal en unos de los casos más anticipados del año : la pregunta sobre la constitucionalidad de la Proclamación 9645 ( también conocida como la “ restricción de viaje 3.0 ”) que el presidente Trump anunció en septiembre del año pasado . Esta versión es la tercera de una serie de restricciones de viajes que Trump ha tratado de dictar , después que las cortes federales habían decidido que las primeras dos versiones no eran constitucionales . Esta tercera y última versión ya ha estado vigente desde hace meses ( a pesar de que ya existía y estaba en pie una demanda federal para comprobar su ilegalidad ). Este fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos favorece a Trump , reconociendo que el presidente de los Estados Unidos tiene la autoridad y discreción de regular ciertos aspectos de inmigración .
Recordemos que el 26 de enero del 2017 , Trump aterrorizó a la comunidad inmigrante al firmar una orden de acción ejecutiva que tenía en su meta prohibir que inmigrantes ( y , sobre todo , refugiados ) de ciertos países del medio oriente pudieran ingresar a los Estados Unidos por un periodo definido tiempo , mientras que otras medidas de seguridad serían implementadas . ( Estos países incluían Siria , Iraq , Irán , Libia , Sudán , Yemen , y Somalia .) La nación no esperó para hacer escuchar su descontento , ya que numerosas protestas y marchas fueron realizadas en varios países por aquellos afectados , abogados , y organizaciones de derechos civiles . Pocos días después , algunos jueces federales en distintas ciudades de la nación bloquearon la implementación de la orden ejecutiva de Trump en cuanto a los refugiados . Subsecuentemente , Trump creó una segunda versión de esta orden ejecutiva , pero esta tuvo el mismo destino que la anterior . En septiembre del 2017 , sin embargo , Trump firmó Proclamación 9645 , cual vendría a ser la tercera y última versión de la restricción de viajes . Esta orden controversial ha sido el sujeto de otra demanda federal a nivel nacional que llegó a ser escuchada ante la Corte Suprema de los Estados Unidos . Mientras que este caso estaba siendo litigado ante otras cortes , la orden ejecutiva de Trump estuvo en pie …
Lo que la versión actual de la restricción de viaje dicta es lo siguiente : inmigrantes de ciertos países ( específicamente , Irán , Libia , Corea del Norte , Somalia , Siria , Venezuela , y Yemen ) no podrán ingresar a los Estados Unidos por un tiempo indefinido , hasta que estos países cumplan con ciertos requisitos para monitorear la salida e ingreso de viajantes ( con respecto a su identidad , propósito de viaje , historial penal , afiliaciones con grupos terroristas , etc .). Por lo general , residentes permanentes de los Estados Unidos y personas con doble ciudadanía ( una de las cuales debe ser de Estados Unidos ) no son sujetos a las restricciones de viaje .
IMPORTANTE : Obviamente que esta es una explicación simplificada y general de la restricción de viaje . Para más información , o si usted piensa que esta orden ejecutiva lo afecta directamente a usted o a un ser querido , le recomiendo que consulte con un abogado de confianza lo antes posible y , sobre todo , antes de salir de los Estados Unidos y rumbo a uno de los países en la lista de restricción .
Las tres versiones de la orden ejecutiva de Trump han sido criticadas fuertemente por poner en su blanco a países cuya población tiende a ser mayormente musulmana . Sin embargo , la administración de Trump ha defendido su posición , argumentando que el propósito de la restricción de viaje de estos países es para que estos implementen un sistema de monitoreo de las personas que salen y entran a su país ( especialmente aquellos en rumbo para los Estados Unidos ) para poder señalar a posibles terroristas . La defensa , en pocas palabras , era beneficiar la seguridad nacional de los Estados Unidos . La Corte Suprema de los Estados Unidos , en una fallo a favor de Trump de 5 a 4 , ha decidido que el presidente de los Estados Unidos está en su derecho al regular ciertos aspectos de inmigración , siempre y cuando no discrimine en cuanto a la religión , entre otros factores , de los presuntos inmigrantes . La mayoría de jueces de la Corte Suprema determinaron que no hubo un factor discriminante en la restricción de viaje 3.0 de Donald Trump .
No es seguro como esto llegue a afectar futuras ordenes ejecutivas de Trump en cuanto a inmigración , pero no se puede negar que , desafortunadamente , este fallo es una victoria para la administración de Trump , y esto sólo permitirá que nuestro gobierno siga fermentando su xenofobia y sentimientos antiinmigrante . El tiempo dirá … Por el momento , tenemos que estar informados de los últimos acontecimientos , entenderlos , procesarlos , y mantenerse fuertes … porque la lucha de nuestra comunidad inmigrante recién comienza .
En momentos tan difíciles ( entre la inhumana separación familiar de inmigrantes , las nuevas restricciones de asilo político , y la prohibición de cierres administrativos de casos de deportación , entre muchas otras ), es sumamente importante que recordemos los siguientes puntos para estar bien protegidos :
- Manténganse informados . Ahora , más que nunca , es crítico estar al día los últimos desarrollos de noticias . Por favor infórmense por medio de fuentes confiables .
- Consulten con un abogado de inmigración de confianza . Tengan mucho cuidado de no ser víctima de fraude . Hay muchos notarios , preparadores de documentos legales , y hasta abogados sin escrúpulos que se querrán aprovechar de gente desesperada y mal informada . Lo mejor que usted puede hacer en este momento es mantenerse informado e ir buscando consejo de un abogado de inmigración de confianza ( y que haya estado ejerciendo en el área de inmigración desde hace tiempo ) para que le brinde representación legal honesta y eficaz .
- Conozcan sus derechos . Toda persona , sin importar su estatus migratorio , tiene ciertos derechos constitucionales que lo protege . Derechos como , por ejemplo , el de permanecer en silencio antes una interrogación policial , o el de tener a un abogado presente ante cualquier interrogación . Estos son sólo algunos de los derechos . Para más información al respecto , los invito a que lean ediciones previas de Que Calor ! Donde hablo específicamente de este tema ; o consulten con una abogado de confianza ; y / o atiendan a foros informativos o cursos sobre “ Conozca Sus Derechos ”.
Esto es todo por el momento . Y , como siempre , para estar al tanto de noticias e información sobre asuntos de inmigración y defensa penal , los invito a que sigan mis artículos informativos aquí mismo , en la revista Que Calor ! Hasta la próxima , los saluda su servidor , el Abogado Bruno Gitnacht .
Si usted tiene alguna pregunta personal ( sobre inmigración o defensa penal ), o tiene alguna sugerencia en cuanto a algún tema específico que le gustaría que cubra en otro artículo , por favor envíeme un correo electrónico a bglawaz @ gmail . com . También le invito a que me siga en Facebook y le haga “ like ” a mi página : www . facebook . com / bgLAWaz . Para más información sobre cómo contactarse conmigo , por favor vea el anuncio de mi oficina ( ubicado justo a la derecha este mismo artículo ).
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