Psicología, Deporte y Actividad Física. Investigaciones Aplicadas | Page 339
En 1941, el Ministro de Educación, establece el reglamento de Educación Física en donde
dispuso que esta asignatura debía impartirse a todos los estudiantes menores de 18 años
(Bravo y Uzcátegui, 2004). En 1944, por resolución Nº 42 del Ministerio de Educación, se
promulga el programa de educación primaria, el mismo incluía la Educación Física con
carácter obligatorio en todas las ramas de Educación Primaria. Los procesos educativos a
pesar de que son gratuitos desde 1870, no estaban al alcance de las mayorías y en el tiempo se
fue modificando el sistema educativo venezolano, transformaciones propias de sistemas de
gobierno y de las épocas. A pesar de que desde finales de 1800 se señala la importancia de la
actividad física en el pensum de estudio y que luego se reseñara como obligatoria en los
niveles de primaria y posteriormente en bachillerato, el status de la educación física como
curso no tiene el impacto que debería tener en la sociedad. En el devenir de los años y con los
cambios a nivel ministerial y de gobierno su impacto en el diseño curricular ha variado pero
siempre ha estado presente en el sistema educativo. Igualmente se ha luchado para incrementar
el número de horas en el currículo escolar y de incorporar especialistas de educación física en
los primeros años escolares, esto es parte de los cambios que se han venido logrando en los
últimos años.
La educación física en la actualidad es un curso obligatorio en la educación primaria,
bachillerato y como crédito deportivo a nivel universitario, tiene carácter constitucional y está
presente en la Ley Orgánica de Educación. Su nivel curricular tiene el mismo peso que las
asignaturas del diseño curricular, representa el 6,9% del currículo educativo en donde se le
dedica un promedio de 45 a 90 min. Semanales. En este proceso se viene estudiando el
aumento del número de horas de educación física en el subsistema de educación básica. En la
ley de educación física, actividad física y deporte (2011), establece 3 sesiones por semanas,
actualmente en vías de implementación.
EL carácter de obligatoriedad de la actividad física, el deporte y la recreación está explícito en
la ley orgánica de educación (2009) en todos los niveles del sistema educativo. Este está
conformado por dos subsistemas: educación básica y el de educación universitaria (pregrado y
postgrado); además comprende modalidades – Especial, Jóvenes, Adultas y Adultos,
Fronteras, Militar, Artes, Rural, Intercultural -. El subsistema de educación básica en
Venezuela a raíz de esta ley se entiende como:
1. Nivel de educación inicial: Etapas de maternal y preescolar (0 a 6 años de edad)
2. Nivel de educación primaria: 6 grados
3. Nivel de educación media: Dos opciones – Educación media general (5 años) y Educación
media técnica (6 años).
En la actualidad se está en proceso de cambios curriculares que han costado mucho debido a
las confrontaciones relacionadas más de índole políticas que curriculares. La finalidad es
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