Protocolo N˚2 Coronavirus COVID-19 en establecimientos educacionales y jardines infantiles
5. Casos confirmados en el
establecimiento educacional
Ante una eventual suspensión de clases, en virtud de la aplicación
de los protocolos emitidos, los establecimientos educacionales
deberán tomar medidas para asegurar la continuidad del proceso
formativo de sus estudiantes.
Nuestro foco como Ministerio de Educación estará puesto en
apoyar a los establecimientos educacionales para que puedan
contar con los medios que permitan continuar el proceso de
aprendizaje de nuestros estudiantes en forma remota.
Otros colaboradores del establecimien-
to educacionales: Respecto al Programa de Alimentación
Escolar (PAE Junaeb)
Para trabajadores externos regulares del esta-
blecimiento, tales como proveedores, se deberá
evaluar con la autoridad sanitaria regional, y
de acuerdo a la investigación epidemiológica,
si se aplican las medidas de contacto de alto
riesgo o las medidas de caso confirmado para
estudiante, trabajador o familiar. En caso de suspensión, en aquellos estableci-
mientos en que se provee alimentación, el sos-
tenedor deberá contactar la dirección regional
respectiva de Junaeb, para los efectos de coor-
dinar mecanismos alternativos que aseguren la
entrega de alimentación a los estudiantes o a
sus apoderados.
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