Protocolo de Denuncia frente a Hostigamiento, Violencia y Acoso Protocolo de Denuncia frente a Hostigamiento | Page 2

Secretaría General Universidad San Sebastián DTO 40 / 12 Junio 2018 PROTOCOLO DE DENUNCIA Y ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE HOSTIGAMIENTO, VIOLENCIA Y ACOSO SEXUAL ___________________________________________________________________________________________________ POLÍTICA INSTITUCIONAL I.- La Universidad San Sebastián es un espacio de encuentro entre académicos y estudiantes, maestros y discípulos, que participan y dan vida a un proceso de enseñanza y aprendizaje, como seres inteligentes y libres, dotados de la dignidad inherente a la persona humana, atributos que surgen de su naturaleza única y de sus fines últimos, y que le otorgan derechos inalienables, anteriores y superiores a cualquiera otros. Es la razón por la cual la Universidad acoge a todas las personas que realizan su actividad universitaria y laboral en sus campus, pensando en hacer realidad una vida en comunidad a partir del conocimiento de los derechos y deberes entre sus miembros, contribuyendo así a una mejor formación valórica y ciudadana, y al logro de una convivencia amistosa, participativa, integradora, solidaria, alegre y respetuosa, entre académicos, estudiantes, funcionarios y colaboradores, es decir entre todos los miembros de esta gran comunidad. II. Es responsabilidad de las autoridades, directivos, académicos, funcionarios, organizaciones estudiantiles, y de todos los estudiantes en general, en el ámbito de sus respectivos derechos y deberes, cumplir, hacer cumplir y velar por el respeto de las normativas internas, especialmente el Reglamento de Convivencia Estudiantil, haciendo posible un efectivo respeto de esos derechos y deberes, en el marco de una vida académica y universitaria pacífica y edificante, donde se cultivan los valores institucionales y se respeta el libre discernimiento para adoptar decisiones y realizar actos por cuyos efectos y consecuencias se responde individual o colectivamente, según sean sus responsables directos. III.- El hostigamiento laboral o académico, el acoso sexual, la violencia, la discriminación y cualquier abuso de poder o presión indebida, constituyen una grave agresión a la libertad individual y a la dignidad personal, y forman parte de los actos inaceptables en la convivencia y en la cultura institucional, que deben ser formalmente investigados de acuerdo a los procedimientos definidos para estos casos, y sus autores debidamente sancionados, de manera que prevalezca el derecho a una efectiva defensa de las víctimas, y el derecho a reclamar la restitución de la honra, el respeto o los valores humanos comprometidos en las situaciones de intimidación, coacción, discriminación y violación de derechos que hayan afectado la dignidad y la autoestima de las víctimas. 1