PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES CULTURALES 2019 bases_fpcc_2019_5263 | Page 2

PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES CULTURALES CONVOCATORIA 2019 BASES GENERALES DE PARTICIPACIÓN PRESENTACIÓN Con la finalidad de estimular el desarrollo cultural de nuestro país y apoyar la iniciativa de creadores, intérpretes, investigadores, gestores, promotores, educadores, curadores, agrupaciones, espacios culturales independientes, entre otros, para la realización de proyectos artísticos y culturales que se lleven a cabo en máximo 12 meses y que consideren salida al público en ese plazo 1 , la Secretaría de Cultura, a través del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes (Fonca), mediante la presente convocatoria, ofrece apoyos económicos que se ejercerán directamente por los beneficiarios, de acuerdo con las siguientes: FORMAS DE PARTICIPACIÓN a) Individual: cuando la propuesta dependa únicamente del titular y cuente con el compromiso de proveedores, instituciones y/o empresas que lo respalden para dar salida a los resultados del proyecto. Se darán de baja en la Revisión Administrativa las postulaciones que no cumplan con este requisito. El aspirante deberá considerar que un proyecto que necesariamente requiera para su realización de un equipo de trabajo, como una puesta en escena, la organización de un festival, una producción cinematográfica, o bien, el desarrollo de actividades en un Espacio Cultural Independiente, entre otros, no podrá ser registrado en la Forma de Participación Individual. b) Grupos legalmente constituidos: se refiere a personas morales constituidas con las formalidades que la ley indica, como pueden ser: organizaciones, asociaciones o sociedades civiles, microempresas culturales o industrias culturales y creativas, fundaciones, instituciones de asistencia privada, entre otros. c) Grupos artísticos: son las agrupaciones que cuentan con un nombre o denominación que las distinga, que demuestren una trayectoria regular o trabajo en conjunto, por más de una ocasión, entre dos o más integrantes y que no se encuentran constituidas como persona moral mediante acta constitutiva. d) Equipos de trabajo: se refiere al grupo de personas invitadas a participar en un proyecto que se registrará en esta convocatoria; el equipo deberá contar con un titular que funja como representante ante el Fonca. 1 El plazo máximo de 12 meses se contará a partir del inicio de actividades del proyecto, según el Plan de trabajo y/o de lo establecido en los convenios. PROGRAMA DE FOMENTO A PROYECTOS Y COINVERSIONES CULTURALES, 2019 • 2