P.O.T. V PROYECTO DE ACUERDO.pdf Jul. 2014 | Page 72

4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 70 establecido por el POT; en todo caso, para acceder a dichos beneficios se requiere de la formulación del Macroproyecto. El Macroproyecto definirá la apuesta interinstitucional para financiar la reposición de redes de acueducto y alcantarillado, convencionales y no convencionales, evitando el depósito de aguas contaminadas a los sistemas naturales. Los Macroproyectos deberán articular, armonizar y adoptar los instrumentos de planificación como los planes parciales, las UPR, los Planes Maestros, los PLRU y los PEMP; el Macroproyecto deberá retomar las UPR que se encuentran formuladas y dejará las determinantes en caso de que se requiera un proceso de reformulación. Para las UPR al interior de los Macroproyectos, se determinará una norma transitoria, hasta la formulación y adopción de las UPR. Las UPR podrán clasificarse en dos grupos: UPR de desarrollo y una UPR de mejoramiento y reordenamiento urbanístico. Los Macroproyectos pueden reformular las UPR existentes. Para la adopción del Macroproyecto, será obligatoria la formulación de las UPR que se encuentren en su interior; por tanto, el desarrollo será restringido hasta que no se formule la UPR y se establecerá una norma transitoria, para las UPR que se encuentren por fuera de los macroproyectos, además de no será obligatoria su formulación. Para la construcción de los equipamientos y el espacio público, no será obligatoria la formulación de la UPR. Para los reconocimientos será indispensable la formulación de la UPR; para aquellas UPR que sólo requieren reconocimiento, el Macroproyecto debe establecerlo y adoptarlo. Los Macroproyectos deberán establecer estrategias integrales para la gestión del riesgo, natural, tecnológico, social y económico, para ello deberá realizar estudios ambientales de detalle para identificar las condiciones de riesgo y amenaza alta, con el fin de definir el procedimientos para la desafectación de las zonas de riesgo, la mitigación del riesgo y la prevención de la creación de nuevas zonas de riesgo. El Macroproyecto deberá establecer las posibles formas de financiación de las obras para la mitigación del riesgo. En las zonas con condiciones de riesgo y amenaza alta, no se podrá construir hasta tanto no estén las obras o el monitoreo; sin perjuicio de lo anterior, ambas obras podrán realizarse en paralelo. Los Macroproyectos deberán establecer objetivos y estrategias para el sistema de acopios y recolección de basuras, además de la identificación de zonas receptoras de equipamientos para la transferencia de residuos. Los Macroproyectos deberán establecer planes para la identificación del déficit, la demanda de equipamientos y los posibles puntos para la localización de equipamientos en sus diferentes escalas. Los Macroproyectos deberán establecer los parámetros generales para garantizar la prevención y mitigación del riesgo tecnológico derivado principalmente de la actividad minera; posteriormente, al momento de licenciar, en los casos establecidos por el Macroproyecto, se deberán realizar estudios de detalle para afinar los parámetros. Los Macroproyectos formularán y adoptarán los planes parciales, API, PRLU y UPR que no se encuentren formulados al momento de la formulación del macroproyecto; sólo los planes parciales en suelo de desarrollo, podrán formularse sin que el Macroproyecto se encuentre formulado y adoptado. Para los suelos objeto de los demás instrumentos, se establecerá Revisión y Ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial – Medellín, 2014 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN