CODIGO
VERSION
IDEFLORIDA
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PROCESO: GESTION DOCUMENTAL Y ARCHIVO
4.4. EDIFICACIONES.
Comprenden las construcciones que son utilizadas por el Instituto para la
Recreación y el Deporte de Floridablanca para su objeto social o fines
administrativos.
4.4.1. RECONOCIMIENTO.
Todas las edificaciones se reconocerán como Propiedades, Planta y Equipo sin
importar su monto.
4.4.2. COSTOS POSTERIORES.
Todas aquellas erogaciones posteriores a la compra del activo y relacionadas con
él, tales como mantenimiento, reparación y similares se contabilizarán como un
gasto por mantenimiento en el periodo en que se incurra en ellos.
Las adiciones, mejoras o similares de estos activos se cargarán directamente a
gastos, excepto si corresponden a un activo individual separable, en cuyo caso se
reconocerá como un activo independiente de acuerdo a su naturaleza.
4.4.3. MEDICIÓN INICIAL.
Se medirán por su costo, el cual comprende:
El valor de compra: valor acordado entre el vendedor el Instituto para la
Recreación y el Deporte de Floridabla nca neto de cualquier descuento o
rebaja.
Impuestos de registro, notariales, de escritura, comisión del intermediario y
demás gastos legales.
Impuesto por valorización, en la medida en que se pueda considerar como un
costo atribuible a su adquisición.
El impuesto predial y los demás impuestos indirectos sobre la propiedad no se
capitalizarán, sino que se llevarán directamente al gasto.
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