POLÍTICAS CONTABLES NICSP IDEFLORIDA 2017 POLITICAS CONTABLES NICSP IDEFLORIDA 2017.doc | Page 75

CODIGO VERSION IDEFLORIDA 01 PROCESO: GESTION DOCUMENTAL Y ARCHIVO 4.2.2. COSTOS POSTERIORES. Todas aquellas erogaciones posteriores a la compra del terreno y relacionadas con él, se contabilizarán en los resultados del período en el momento en que se incurra en ellas. 4.2.3. MEDICIÓN INICIAL. Los terrenos se medirán por su costo, el cual comprende:  El valor de compra: valor acordado entre el vendedor y el Instituto para la Recreación y el Deporte de Floridablanca, neto de cualquier descuento o rebaja.  El impuesto por valorización, en la medida en que se pueda considerar como un costo atribuible a su adquisición Impuestos tales como el Predial y demás impuestos indirectos sobre la propiedad no se capitalizarán y se llevarán directamente al gasto. 4.2.4. MEDICIÓN POSTERIOR. La medición posterior se realizará al valor revaluado, el cual se determinará por la diferencia entre el valor razonable del bien y si existen, las pérdidas de valor acumuladas. El valor razonable será el valor de mercado de los terrenos en la fecha del avalúo, el cual se realizará por peritos externos con periodicidad de cada tres (3) años; sin embargo, anualmente se evaluará si el índice de precios del sector inmobiliario ha crecido más del 10% anual, caso en el cual se realizará en ese momento, un nuevo avalúo. 4.2.5. DEPRECIACIÓN Los terrenos el Instituto para la Recreación y el Deporte de Floridablanca no serán objeto de depreciación salvo que se demuestre que tienen una vida útil finita, es decir, que por el uso dado al terreno, sea factible establecer el tiempo durante el cual estará en condiciones de generar beneficios económicos o de prestar el servicio previsto. Av Bucarica Sector 9 Interior 13-15 Tel 6486666 email: [email protected]