PLAN DE CONVIVENCIA PLAN DE CONVIVENCIA JUAN XXIII | Page 80

FASES FASE 1ª.- DETECCIÓN Y CONTROL DE LA SITUACIÓN Ante una situación de riesgo de agresión, la víctima solicitará auxilio a la persona que pudiera estar más cerca. Una vez detectado el conflicto, la primera actuación será frenar la actividad o motivo que lo está causando. Cualquier adulto que presencie los hechos es responsable de esta medida y deberá intervenir evitando un peligro manifiesto y grave a la víctima. Se intentará, en esta primera fase del procedimiento, resolver el conflicto mediante el acuerdo de las partes interesadas, cuya finalidad sea el cese del comportamiento indeseado. En el supuesto de no llegar a un acuerdo por ambas partes o que el comportamiento del agresor persista, se continuará con los pasos siguientes. Paso 1 Comunicación e información al equipo directivo 3 Con carácter inmediato, cualquier persona que presencie o tenga conocimiento del hecho informará oralmente al equipo directivo. Posteriormente se recogerá por escrito (Anexo I). En el caso de que nadie presencie los hechos, la propia víctima se dirigirá a cualquier miembro de la comunidad educativa o al equipo directivo. Paso 2 Medidas de urgencia provisionales 4 Si la situación persiste o sobrepasa los recursos y competencias del centro, se tomarán medidas con carácter de urgencia y se solicitará, en su caso, ayuda externa a otras entidades y servicios (Servicios sanitarios, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado...). En el supuesto de lesiones, se actuará según el protocolo establecido en el centro para su atención y se avisará a los padres o representantes legales. El director del centro adoptará medidas provisionales orientadas al apoyo directo a la víctima, al establecimiento de mecanismos de control y a la aplicación del RRI:  Medidas para proteger a la víctima y/o evitar las agresiones garantizando su inmediata seguridad (incremento de las medidas de vigilancia: vigilancia específica del alumno agresor, reorganización de los horarios del profesorado para la atención específica del alumno afectado, intervención de mediadores, colaboración de compañeros, previamente formados, para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor riesgo: entradas, salidas, pasillos…, solicitud colaboración familiar, cambio de grupo temporal o definitivo,…).  Medidas provisionales dirigidas al alumno agresor o causante del conflicto: en función de la gravedad de los hechos se aplicará lo establecido en el RRI, dentro del marco del RD 732/1995. El director, si la gravedad del caso lo requiere, informará oralmente al inspector de educación de referencia o al que estuviera de guardia sobre los hechos y las medid as provisionales adoptadas. Paso 3 3 4 Se comunicará al responsable del centro educativo y, en caso de ausencia, se actuará según el protocolo de actuación que tenga establecido el centro. El Plan de Convivencia y el RRI del centro educativo serán el referente, dentro del marco del RD 732/1995. 80