PLAN DE CONVIVENCIA PLAN DE CONVIVENCIA JUAN XXIII | Page 80
FASES
FASE 1ª.- DETECCIÓN Y CONTROL DE LA SITUACIÓN
Ante una situación de riesgo de agresión, la víctima solicitará auxilio a la persona que pudiera estar
más cerca.
Una vez detectado el conflicto, la primera actuación será frenar la actividad o motivo que lo está
causando. Cualquier adulto que presencie los hechos es responsable de esta medida y deberá
intervenir evitando un peligro manifiesto y grave a la víctima.
Se intentará, en esta primera fase del procedimiento, resolver el conflicto mediante el acuerdo de las
partes interesadas, cuya finalidad sea el cese del comportamiento indeseado. En el supuesto de no
llegar a un acuerdo por ambas partes o que el comportamiento del agresor persista, se continuará con
los pasos siguientes.
Paso 1
Comunicación e información al equipo directivo 3
Con carácter inmediato, cualquier persona que presencie o tenga conocimiento del hecho informará
oralmente al equipo directivo.
Posteriormente se recogerá por escrito (Anexo I).
En el caso de que nadie presencie los hechos, la propia víctima se dirigirá a cualquier miembro de la
comunidad educativa o al equipo directivo.
Paso 2
Medidas de urgencia provisionales 4
Si la situación persiste o sobrepasa los recursos y competencias del centro, se tomarán medidas con
carácter de urgencia y se solicitará, en su caso, ayuda externa a otras entidades y servicios (Servicios
sanitarios, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado...).
En el supuesto de lesiones, se actuará según el protocolo establecido en el centro para su atención y
se avisará a los padres o representantes legales.
El director del centro adoptará medidas provisionales orientadas al apoyo directo a la víctima, al
establecimiento de mecanismos de control y a la aplicación del RRI:
Medidas para proteger a la víctima y/o evitar las agresiones garantizando su inmediata
seguridad (incremento de las medidas de vigilancia: vigilancia específica del alumno agresor,
reorganización de los horarios del profesorado para la atención específica del alumno afectado,
intervención de mediadores, colaboración de compañeros, previamente formados, para
acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor riesgo: entradas, salidas,
pasillos…, solicitud colaboración familiar, cambio de grupo temporal o definitivo,…).
Medidas provisionales dirigidas al alumno agresor o causante del conflicto: en función de la
gravedad de los hechos se aplicará lo establecido en el RRI, dentro del marco del RD
732/1995.
El director, si la gravedad del caso lo requiere, informará oralmente al inspector de educación de
referencia o al que estuviera de guardia sobre los hechos y las medid as provisionales adoptadas.
Paso 3
3
4
Se comunicará al responsable del centro educativo y, en caso de ausencia, se actuará según el protocolo de actuación que tenga establecido el centro.
El Plan de Convivencia y el RRI del centro educativo serán el referente, dentro del marco del RD 732/1995.
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