CEIP JUAN XXIII PLAN DE CONTINGENCIA CURSO 20 / 21
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La Instrucción de 3 de julio de 2020 , de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios modifica la Instrucción de 8 de mayo en la que se establecen las condiciones de incorporación del personal considerado especialmente sensible por estar incluido en alguno de los siguientes grupos de vulnerabilidad :
1 . Mayores de 60 años . 2 . Embarazo . 3 . Diabetes . 4 . Enfermedad cardiovascular , incluida hipertensión . 5 . Enfermedad pulmonar crónica . 6 . Inmunodeficiencia . 7 . Cáncer en fase de tratamiento activo . 8 . Insuficiencia renal crónica . 9 . Enfermedad hepática crónica severa . 10 . Obesidad mórbida .
En virtud de la citada Instrucción , el personal incluido en estos grupos de vulnerabilidad y que quiera hacer constar su situación , cumplimentará el Anexo II , en el que se autoriza al Servicio de Prevención a acceder a su historial médico a los solos efectos de constatar las circunstancias concretas de la situación o situaciones de salud alegadas para el reconocimiento de la situación de especial vulnerabilidad al COVID-19 . Dicho anexo se entregará a la dirección del centro escolar a la mayor brevedad posible , y en todo caso , antes del 4 de septiembre , procediéndose a su reincorporación en igualdad de condiciones con el resto del personal . En esa misma fecha , los centros deberán remitir estos anexos con una relación de los mismos a los Servicios Provinciales correspondientes . Dicha relación , se organizará por categorías profesionales o clases de especialidad en el caso del personal no docente y por enseñanzas en el caso del personal docente . En caso de producirse un empeoramiento de la situación sanitaria que pudiera comprometer la garantía de la integridad física y salud de las personas , el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Administración General y Educación procederá a la comprobación del historial médico .
No es necesaria la presentación de la declaración responsable por parte del personal que lo hubiera hecho conforme al Anexo II que se acompañaba a la Instrucción de 8 de mayo ( es decir , antes de la entrada en vigor de la Instrucción de 3 de Julio ).
4 . - INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS
En este escenario es imprescindible intensificar la comunicación entre el centro educativo y las familias por lo que el centro utilizará la página web , correo electrónico , el teléfono y el Whatsapp
Las reuniones de tutoría ( colectivas o individuales ) se realizarán por medios telemáticos , previo envío de la información escrita por la vía que se haya establecido ( documentos resumen o esquema sobre los temas que se quiere tratar ). Se garantizará la accesibilidad de toda la comunidad educativa a la información y a la comunicación .
La tutoría es una función esencial durante este curso , especialmente en los aspectos de la comunicación con las familias y la coordinación del equipo docente para la atención emocional y pedagógica al alumnado .
El centro y el profesorado con tutoría darán prioridad , en su caso , a la comunicación con las familias de 1 º de Educación Infantil y 1 º de Educación Primaria , al alumnado nuevo en el centro y al alumnado en situación vulnerable por carecer de medios informáticos o por su situación social , económica , familiar o cultural .
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