PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD PLAN DE ATENCION A LA DIVERSIDAD JUAN XXIII 2016-1 | 页面 25
CEIP “Juan XXIII”
50010 – Zaragoza
incorporación a un nivel INCORPORACIÓN TARDÍA al sistema educativo en las etapas
inferior al correspondiente por obligatorias. Se realizará cuando se confirme la existencia de desfase
edad. curricular significativo y se prevea que la adopción de dicha medida
no supone un inconveniente para el desarrollo socioemocional del
alumno. (La incorporación a un nivel inferior no se considera repetición
de curso).
Condiciones personales de PREMATURIDAD EXTREMA.
Cuando su edad de nacimiento suponga un cambio de año respecto al
de su edad corregida.
Se aplicará en el caso de niños que accedan por primera vez a alguno
de los niveles de la Educación Infantil.
Se realizará cuando el alumno presente necesidades educativas
b) Cambio de tipo de centro.
especiales y se considere la escolarización en un tipo de centro
diferente. Existen tres tipos de centro: ordinario, de atención preferente
y de educación especial.
La solicitud se realizará cuando el alumno presente necesidad
específica de apoyo educativo por necesidades educativas especiales
c) Fórmula de escolarización
de grado 2 ó 3, y se considere adecuado para su desarrollo integral
combinada.
conjugar su escolarización entre un centro ordinario y un centro de
Educación Especial.
Son modificaciones de los elementos del currículo de un área que
afectan de forma esencial al currículo.
Suponen cambios fundamentales en los criterios de evaluación. Existe
d) Adapt ación curricular
DESFASE CURRICULAR cuando la diferencia entre el nivel de
significativa de áreas o
competencia curricular del alumno y el correspondiente al que está
materias.
escolarizado es igual o superior dos niveles educativos.
A efectos de acreditación equivale a un área no superada.
Se registrará en un documento específico que se incorporará al
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