CEIP“ Juan XXIII”
50010 – Zaragoza y la cooperación con el
centro educativo.
6.2.- MEDIDAS DE INTERVENCIÓN ESPECÍFICAS
Se consideran medidas específicas de intervención educativa las diferentes propuestas y modificaciones en los elementos que configuran las distintas enseñanzas con objeto de responder a la necesidad específica que presenta un alumno en concreto y de forma prolongada en el tiempo. Estas medidas podrán ser básicas o extraordinarias.
6.2.1. Medidas específicas de intervención educativa básicas
Las medidas específicas básicas son aquellas dirigidas a responder a las necesidades de un alumno en concreto que no implique cambios significativos en algunos de los aspectos curriculares y organizativos que constituyen las diferentes enseñanzas del sistema educativo, pudiendo adoptar, entre otras las siguientes modalidades. a) Adaptaciones de acceso a la información, a la comunicación y a la participación de carácter individual, a través de la
Hacen referencia a las modificaciones o provisiones de recursos personales, espaciales, materiales o de comunicación que van a facilitar que el alumnado con nee pueda desarrollar el currículo ordinario o, en su caso, el currículo adaptado. Tipos: personales, espaciales y materiales. incorporación de ayudas
Condiciones pedagógicas técnicas y de sistemas de comunicación; la modificación y habilitación de elementos físicos así como con la
La distribución y organización del espacio debe ser flexible y adecuarse a las necesidades de los alumnos, ser coherente con las opciones metodológicas del centro y del aula y debe favorecer el mayor grado posible de interacción entre los elementos personales del centro. participación del personal de
atención educativa complementaria.
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